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La empresa debe contar con un protocolo de acoso, que por lo que se ve se deduce que no lo tiene... y además el código penal es muy clarito...
y por supuesto estas cosas hay que demostrarlas fehacientemente
Artículo 173.
1. El que infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando...
ah. y la direccioón del centro de trabajo tambien es interesante ponerlo ya que creo que influye en la asignacion de las plazas...preguntarle al trabajador para afinar
Estoy contigo en lo de dejar el asunto cerrado, de las 3 vias que hay mi preferencia es intentar conseguir el escrito, dos copias una para le empresa y otra para el trabajador
>si puedo conseguir un escrito renunciando a su derecho a reincorporación preferente mejor, ya que es bueno tanto para el excedente como para la empresa
>en afiliación yo no toco nada , el hecho causante permanece inalterable, no hay (que yo sepa por ahora) normativa que oblige a la empresa a...
yo veo que la cosa está flojilla hacen falta algunos planes más....algunas ideas
>plan de prevención del juego (ya sabemos que en navidad en las empresas nos ansiamos con la lotería compartida )
>plan de higiene en la conducción.. no olvidemos que en los desplazamientos al ir al trabajo...
1.- Mirar con lupa fina que dice convenio colectivo a ver si lo prohibe expresamete
2.- Imprescindible la Evaluación del puesto de trabajo por la prevención de riesgos, adopción de las medidas necesarias; formación etc..
Otra cosa no se
Y es interesante porque hace pòco alguien consultó en el for que que pasaba con la prestación en caso de producirse atrasos de convenio que afectaran a la base reguladora... ayer ya hubiera tenido yo un margen de error de un mes... hoy ya no gracias a campus34 :)
Opino que:
> si la modificación afecta a los meses que se tuvieron en cuenta para calcular la base reguladora hay que recalcular con todos los inconvenientes y trámites que conlleva
>si la modificación no afecta a los meses que se tuvieron en cuenta para calcular la base reguladora entiendo que...
un suponé (como decimos por el sur)
>parto miércoles
>baja interino el miércoles
>inscripción en paro interino jueves
>alta ss viernes
Ceteris paribus resto condiciones <30.....creo que a fecha de hoy cumple para bonificación.. si no es así me cae la del pulpo
Yo soy seguidor de la antigua escuela "Un día en el paro y Posterior Contrato"... por curiosidad si no hacéis cambio en TGSS vuestro program de nóminas no os tira 2 tramos de liquidación al hacer 2 contratos??.. los unificáis manualmente o tiene casilla para unificar varios en us solo tramo??
a efectos de cuentas anuales o abreviadas/normales uno de los condicionantes a tener en cuenta es el numero medio de trabajadores >a 50..pero la normativa habla de numero medio
Opino que independientemente que se pueda antes de la maternidad/paternidad para la bonificación(además de los requisitos <30 desemp etc..) solo se puede bonificar a partir del parto, no debe bonificarse nada anteriror al parto)....
Yo lo veo en una escala de grises.. ni todo es blanco ni todo es negro
>prestar ayuda a la gente que siempre es bueno ( la de aparatos electronicos y reparaciones caseras que he hecho gracias a los videos de gente que te sube un tutorial a youtube sin esperar nada a cambio)
>preguntas de...
Opino que para excedencia voluntaria se exige un mínimo de tiempo trabajado... para la excedencia cuidado de hijos entiendo que el único requisito es solicitarla y tener el hijo claro
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