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De negociaciones sobre ese convenio no encuentro nada, al menos buscando por internet, así que me decanto por el 5,7% a cuenta de convenio hasta la publicación de la tabla
Estáis experiementando algún tipo de problema al respecto, puede llegar a existir problemas al pasar tanto tiempo desde que se pide la cita hasta que la asignan? Existe algún procedimiento más rapido? varia según autonomia?
en el caso de que no perciba beca de ningun tipo se supone que todavía no han desarrollado el reglamento y por tanto no hay que tramitar altas...Es esto correcto???
Desgraciadamente nos tenemos que ir acostumbrando que una liquidación cerrada y confirmada no es tal y que tarde o temprano toca recalcular; topes de bases, boes con SMI retroactivos, asuntos de it, pases a jubilación donde el INSS tarda siglos en reaccionar....😞😞😞😞😞
Mal asunto dejarse llevar por la IA, redactan de forma impecable si, pero con errores de fondo graves, y si les corrijes lo asimilan y corrijen, pero si les corrijes mal también corrijen mal, no razonan... me fío mas de este foro
Yo no tengo claro si se puedan mezclar peras con manzanas, si se tienen unas diferencias económicas a favor del trabajador lo recomendable es reconocerlas y pagarlas, luego solucionar lo otro por la vía que corresponda, según la importancia, valoración del material ; penal, inmdenizaciones...
para que te ayuden a pedir unos calcetines online están bien los robots inteligentes estos, para solucionar flecos de la normativa que implican utilizar razonamiento humano no me parece que sea lo más adecuado... si te paras a pensar el 80% de las dudas que tenemos y consultamos por aquí son...
Supuesto 1
trabajador que se encuentra en IT : el periodo de la base reguladora por la cual se calculó en su momento la prestación no se ve afectado por el aumento>NO HAY QUE HACER NADA
Supuesto 2
trabajador que se encuentra en IT : el periodo de la base reguladora por la cual se calculó en...
No lo se , pero es interesante la cuestión que planteas, ...un suponer...mal encuadramiento de un señor que en vez del régimen general le correspondiera autónomo y la admon de oficio lo pasa.. devuelven lo cotizado en el régimen general, lo compensan? ??.no lo se , pero no creo
modificación del artículo 311 del Código Penal, se añade el apartado 2º. Este establece que “serán castigados con las penas de prisión de 6 meses a 6 años y multa de 6 a 12 meses:
Los que impongan condiciones ilegales a sus trabajadores mediante su contratación bajo fórmulas ajenas al contrato...
a) entiendo que el 75% es lo que hay que cubrir en este caso
b) este tema se ha tratado en este foro muchas veces, encontraras casos en los que hacen dos contratos seguidos y otros en los que se da de baja un dia en el paro y nuevo contrato(esta última es la opción que yo uso)
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