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A ver, que me lio. La jornada se reduce un 99% durante 12 años. La trabajadora tiene derecho a las vacaciones en proporción a la jornada realizada. Si no se ha permitido durante doce años, igual no puede pedir de dichos doce años el disfrute, pero si su retribución cuando acabe el contrato.
Veo posible nulidad al estar trabajadora de baja. Lo más legal sería hacer un erte y situar al otro trabajador hasta que se prevea que la trabajadora en baja sea alta.
Entiendo que no, fundación. El 12.7 LET dice que el puesto de trabajo puede ser el mismo que el del sustituido, pero que puede, no que debe. Unicamente debe haber correspondencia entre las bases de uno y otro de un 65%.
El artículo 16 del convenio no dice que el permiso sea retribuido. Yo entiendo que, primero, hay que ver si la formación tiene que ver con la actividad de la empresa o no.
Si el master tiene que ver con la actividad de la empresa, nos iríamos a lo dicho en el art. 23 del ET, que dice que el...
Pues entiendo que sí es posible. Lo único es que la rectificación afectaría a los últimos tres meses únicamente. Pregunta: ¿la empresa cotizó esas nóminas o no. Si es así, ¿la empresa aún existe? En todo caso, el INSS estaría obligado al anticipo de la prestación, entiendo.
A ver, cuando un trabajador es un "petardo" y cae de baja médica, ello no deja de ser una razón más para extinguir el contrato, dado que la baja médica, muy posiblemente, sea inventada y aceptada por unos facultativos que lo aceptan todo. Otra cosa es que nuestros políticos, una vez más...
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