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EL OBJETO DE LA NORMATIVA CREO QUE ES LOCALIZAR A TODOS LOS AUTONOMOS QUE ESTEN EN SOCIEDADES, ETC, PARA VER SUS INGRESOS REALES, POR ESO, CREO QUE HAY QUE COMUNICARLO... PERO VAMOS, HE LEIDO POR AHI COMPAÑEROS QUE NO LO ESTÁN HACIENDO...
Al leeros, he entrado corriendo a ver si me podia jubilar 4 meses antes, jjajaja al inicio de mi cotización trabajé un periodo a tiempo parcial, pero no veo que "haya adelantado la edad de jubilación"... se arreglará? jajajajaj
Alohas,
Sabéis si hay que meter los de las fundaciones, cooperativas y/o asociaciones ?? si es así, que cargo tienen lo de estas entidades ( a la hora de meterlo en sistema red ) ???
Gracias !
Los socios que no son administradores, pero que están dados de alta por vivir con el addor... como lo marcáis exactamente?? quiero decir, yo lo marco como 9 socio, no retribuido, no poder gestión y ya... hay que marcar algo más? lo digo puesto que he intentado marcar lo de mitad capital social...
Buenos días,
En sistema red no hay forma de descargar todos los ficheros fier que hayan, sin tener que ir metiendo cada ccc, uno a uno, verdad?
Lo normal es que el sistema localizara todos los ccc que tenemos autorizados y sin meter ninguno expresamente, saliesen todos esos ficheros de cualquier...
Buenos días,
Cuando se produce un cambio de coeficiente de cotización por un cambio de jornada, lo cambiamos en sistema red e imagino que hacéis un escrito que firman ambas partes con dicho cambio de jornada.
La pregunta es: además lo registráis???
En Valencia, siempre lo registro por aquí...
O al pagarse ese irpf ahora lo declararía en este trimestre que viene ???, de ser así, la parte que no está exenta de cotización, que clave sería??? lo digo puesto que debería llevar aparejada cotización en este año 2023 ( pero esa cotización es la q voy hacer en la L03 del año pasado -...
Lo primero, muchas gracias a amb@s !!
Entonces: L03 DE ENERO 2022 A DICIEMBRE 2022 PARA COTIZARLO
Y PARA TRIBUTARLO, SI LE PONGO IRPF A DICHO EXCESO... DEBERIA TAMBIEN HACER COMPLEMENTARIAS DEL 110 Y 190 DE 2022 ???o_Oo_Oo_Oo_O
Pero todo en un L03? Con fecha de ahora? O tengo q dividir la cantidad en 12 mensualidades y desde la fecha del despido ( año 2022) hacia atrás?? Gracias!!!
Reconocimiento de despido improcedente en juzgado por cantidad superior a 33 días.
Ese exceso hay que cotizarlo. El trabajador dejó trabajar en en diciembre de 2022. Como hago dicha cotización!????
Y x otro lado, que hago con el tema del irpf??
Gracias!
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