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Si, es correcto. El plazo para domiciliar es hasta 5 dias antes del plazo de presentación, como el 20 es sábado el plazo de presentación pasa al lunes 22, restas 5 dias y nos vamos al 17.
Yo , para los que ya estaban dados de alta desde antes de enero, solicité a CASIA el cambio del codigo de RLCE del 9928 al 9939, tal y como indican en el AVISO RED de enero, uno a uno por cierto... y en todos identica contestacion:
"La nueva normativa afecta únicamente a las altas de becarios...
Yo igual, pero no he aportado nada. Y manda 🥚🥚 que un simple cambio de codigo de RLCE lo tengamos que hacer nosotros y encima a manopla on line (los nuevos) o abriendo Cassia. Asique ya tengo la vela encendida porque andar con esto en pleno enero...😤😡
¡¡ Feliz Navidad para todos!!!! Descansad olvidando el trabajo y disfrutar de la familia. (mi marido está feliz porque ahora tengo un ex-hermano y por tanto no hay "cuñao" .... no sé si reirme o llorar ....)
Un abrazo desde la Sierra Norte de Madrid 😘
La empresa tiene obligacion de sustituirle sea cual sea la causa por la que se extinga el contrato del relevista, y creo recordar que tiene 15 dias para hacerlo.
"será" como mínimo igual al % de jornada que reduce el jubilado, pero "podrá" celebrarse a jornada completa o a un % superior al que reduce el jubilado.
No es que tenga la opcion, es que la reduccion de jornada del jubilado "Estará comprendida entre un mínimo del 25% y un máximo del 50%, o del 75% si el contrato de relevo es a jornada completa", por tanto para que la reducción sea del 75% es obligatorio que el relevista tenga contrato a jornada...
Ufff, pues este mes entonces me alegro de haber sido una cagaprisas...lo dejé todo cerrado la semana pasada, envié el dia 2 , arreglé un par de errores el viernes y el lunes ya tenia todo OK y mi Informe de Estado de las Liquidaciones :)
Por si te sirve: El cliente trató de hacerlo en Sede con el cert. de la empresa y le decia que tuturú porque tenia autorizado RED (la menda 😁, que ni me acordaba porque tuvo el ultimo trabajador en 2015). Asique entré yo...
1.modificación de empresa NO ESTA AUTORIZADO 😡
2 Alta de empresa: NO...
Lo primero en lo que pensé, porque a estas alturas (ya llevamos 3 años asi) ya ni me preocupo en analizar si es correcto o conveniente o lo que sea, sólo pienso en mi (en nosotros) y en las nuevas cargas de trabajo administrativo que se nos vienen encima, y como siempre, son horas y horas que...
Confirmo lo que te dice @toni: en un caso asi tuve que volver a pedir autorizacion y luego ir a alta de empresa.
En otra que ya no tiene trabajadores pero más "reciente: que tenía Ccc simplemente inactivo y me fui por la via de enemdio y lo reactivé.
Y en otra que nunca tuvo CCC ni estaba...
Ni yo, gracias a @toni las modifiqué a manopla... puede que se me escapase alguien o algun finiquito ya calculado...pero lo cierto es que no he recibido nada de febrero aún, menos mal porque es de traca: quien lo haya recibido ahora a repetir todo lo de buscar, comparar,ver si hay...
Ainssss... pues yo que soy de cobrar todo en esto de las rectificativas no estoy cobrando, porque solo les afecta a un grupo de sociedades del mismo cliente y ya bastante me pagan entre todas.... me da un poco de corte la verdad. :rolleyes:
Un par de enero/23 las recibí el viernes y aún no puedo sacar los recibos, por tlf. me dicen que sólo saben lo mismo que nosotros y es lo que ponen: teóricamente 7 días...pero no me fío...
Pues claro, en el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, el famoso de los permisos y otras "cositas". Ahora que lo dices le revisado asi por encima y lo pone en el Preambulo....se demora hasta 01/01/24 .... y en el Boletin RED parece que no.... en fin...
Madre mía!!! y entonces con las rectificativas de oficio que nos están llegando ¿hay que reenviar CRA tambien de los trabajadores afectados? ¿incluidas las de los centimos dichosos? 🤔🫣
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