Estás utilizando un navegador obsoleto. Puede que este u otros sitios no se muestren correctamente. Debes actualizarlo o utilizar un navegador alternativo.
Al hilo de esto, ya es la segunda vez que me pasa este verano con contratos 502 también. Al enviar la liquidación, mi programa calcula e incluye la penalización de los 29.74 euros pero al recibir la respuesta de la seguridad social , no aparece. Yo he confirmado la calculada por TGSS y no sé si...
Que susto al descargar las respuestas con tanto color rojo en todos los RNT. Casi me dá algo porque mañana salgo unos días de vacaciones y quiero dejar todo listo. Uffff
Los contratos temporales por sustitución de vacaciones, inferiores a 30 días no llevan penalización. Pensaba que sólo eran los 410 y 510. Es que yo he enviado las liquidaciones con la cotización adicional que calcula el programa directamente pero en la que me mandan de tesorería no aparece.
A nosotros en Febrero, con la baja de una trabajadora por IT, nos llegó el FIE al día siguiente y la mutua nos envió correo comunicándonos la variación en la situación del trabajador: Baja IT
Yo he recalculado las nóminas a las que les afectaba la subida para no tener que estar después con atrasos. Ya veremos qué pasa con las bases . Espero que lo hagan de oficio
Ufff. cómo te entiendo, Fernando. A mí me dan ganas de mandarlo todo a la mierda. Con decirte que todavía no me he metido de lleno con lo de los autónomos, CNO..... Es verdad que tenemos muy poco volumen de laboral y no hemos hecho altas nuevas de autonomos pero todo en general me está...
Perdonad pero me ha sido imposible entrar en foro hasta ahora. Efectivamente mi error fué informar de 1 dia de vacaciones al dar la baja. No me volverá a pasar, eso seguro
Y si el porcentaje de la fracción supera el 50% sí hay que indicar 1 día completo?
Pensaba que era como los certificados de empresa, que las fracciones se cuentan como días completos, no?
Os cuento lo que me ha pasado y que hasta ahora no me había ocurrido. Trabajador que finaliza contrato de sustitución por unos días y en finiquito se le abona la parte correspondiente a vacaciones no disfrutadas (una fracción de día, 0.42)
Al enviar las liquidaciones, esa fracción de día va...
Utilizamos cookies para ayudar a personalizar el contenido, adaptar la experiencia, y si estás registrado, a mantenerte conectado.
Al continuar utilizando este sitio, estás dando tu consentimiento a nuestra utilización de cookies.