¿Cómo hacéis la nómina en estos casos?

Eva.J.

Miembro
Buenos días! Tengo hoy un dilema y me gustaría saber cómo hacéis la nómina cuando se dan casos así:
Trabajador que se da de alta el día 2 de octubre porque el día 1 cae en domingo. El mes en cuestión tiene 31 días. Sale una nómina de 30 días. ¿Veis correcto descontar un día por no ser el alta justo el día 1? Yo nunca descuento nada y siempre pago el mes completo cuando se me dan estos casos. Nunca ninguna empresa se me ha quejado ni nada, pero ahora estoy viendo una nómina que me trae un trabajador en donde le descuentan ese día, y tengo la duda de si lo estaré yo haciendo mal... Agradezco las respuestas.
 

Caslaboral

Miembro conocido
Ese trabajador que le "descuentan" (te refieres a que aparece descuento de un dia o a que no se le paga dicho dia?), es trabajador con salario diario? Porque es diferente de un trabajador con salario mensual.
 

Eva.J.

Miembro
No, no aparece como descontado el día. Me refiero a que en el convenio el salario base pone un salario mensual de 1.025,17€ y en la nómina aparece 991€, que son 29 días de salario, y así con todos los conceptos. He de decir que los domingos no es día laborable en la empresa y que cobrará lo mismo los meses de febrero que marzo que abril, es decir, entiendo que tiene un salario mensual de 30 días.
 

fundación

Miembro conocido
Lo podrías dividir entre 31 y multiplicarlo por 30 -> 1025,17 x 30/31 = 992,10. Y así con el resto de conceptos mensuales.

Yo le pagaría los 30 días como Francisco AA.
 

Caslaboral

Miembro conocido
No, no aparece como descontado el día. Me refiero a que en el convenio el salario base pone un salario mensual de 1.025,17€ y en la nómina aparece 991€, que son 29 días de salario, y así con todos los conceptos. He de decir que los domingos no es día laborable en la empresa y que cobrará lo mismo los meses de febrero que marzo que abril, es decir, entiendo que tiene un salario mensual de 30 días.
Pues no esta bien hecho evidentemente.
 

Petrus

Miembro conocido
Supongo que tiene salario mensual.
¿Y si le dan de alta el día 1 de octubre y se va de la empresa el día 30 como último día trabajado... también le descuentan el día porque no ha trabajado hasta el 31? A mí me parece que tiene que cobrar 30 porque es lo que ha estado de alta en ese mes, en febrero también cobrara 30
 

MONICA R

Miembro activo
Supongo que tiene salario mensual.
¿Y si le dan de alta el día 1 de octubre y se va de la empresa el día 30 como último día trabajado... también le descuentan el día porque no ha trabajado hasta el 31? A mí me parece que tiene que cobrar 30 porque es lo que ha estado de alta en ese mes, en febrero también cobrara 30
Pero en este caso un trabajador que trabajara 30 días cobraría lo mismo que un trabajador que trabaja 31 días el mismo mes. Supongo que en este caso lo que hacen es dividir el salario mensual entre 31 y multiplicarlo por los días trabajados, de modo que no le quitan el equivalente al salario de un día de un mes de 30 días sino el equivalente a un días de un mes de 31 días.
 

Eva.J.

Miembro
Pues si! Al final esta persona ha trabajado exactamente lo mismo que su compañero que está de alta de antes, exactamente las mismas horas y los mismos días, y su nómina es inferior únicamente por darse de alta el día 2... yo también veo que lo más correcto es pagarle la nómina normal por el mes completo.
 

Eva.J.

Miembro
Vale...y ahora me surge la siguiente duda... en caso de ser salario diario, sería correcto (y justo) que se descontara ese día? Lo que digo, empresa cerrada los domingos, y dos personas que han trabajado las mismas horas y los mismos días durante todo el mes, pero su nómina es diferente porque uno está de alta desde antes y el otro lo han dado de alta el primer lunes laborable del mes...
 

africallora

Miembro conocido
Si 30 días ya cobra, pero al ser un mes incompleto de 31 días, creo que procede hacer el cálculo que ha hecho @fundación. Y yo mismo hago:

En Memento, los meses incompletos, sea por la casuística que sea, es igual, lo hace:

/31 para remuneración mensual

/30 para la BC

Por tanto, según memento, sería:

Devengos: 1025,17/ 31*30= 992,10€

BC= 1025,17/30*29 = 991€ (Se le resta un día).

 

toni

Miembro conocido
Y si hubiera sido alta el dia 1, cobraria 31? Pues no, 30 por ser salario mensual. Si es alta el dia 2, hasta el 31 son 30 dias...
 
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