Buenos días
Tengo una duda con 2 embargos que he recibido de un trabajador.
Los he metido en A3Nom y me lo hace de la siguiente forma.
Aplica el primer embargo correctamente, y quedaría un neto 2077 euros.
Y sobre eso A3nom vuelve a aplicar la escala, de manera que me descuenta 2 embargos en la misma nomina.
Mi duda esta en si tendría que esperar a pagar el primero para que empezara el segundo o si se va aplicando simultáneamente como es en este caso.
Muchas gracias
EMBARGO SALARIAL
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La parte del salario que sobrepase la cuantía del salario mínimo interprofesional
es embargable, pero no en su totalidad. El artículo 1.451 de la Ley de Enjuiciamiento
Civil dispone la escala de las retenciones de salarios que sean superiores al
Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
La operativa que sigue el programa para calcular el importe del concepto de embargo
es la siguiente:
1.- Se calcula el Líquido de la nómina teniendo en cuenta los conceptos embargables,
es decir, todos los conceptos a excepción de los informados en la Tabla de
Conceptos, opción inembagables. El líquido que resulta de esta operación es:
Líquido para el cálculo del embargo = 2.942,85
2.- Se recoje el SMI sobre el que se van a aplicar los tramos.
Importe del SMI en el mes del cálculo = 900,00
3.- Se calcula el importe del embargo para cada tramo y se suman.
El cálculo del embargo se efectua según los tramos definidos por la Ley 01/2002
de 7 de enero:
Tramo SMI Porcentaje Min. Max. Embargable
¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯
Hasta el primer SMI Inembargable 0 900,00 0
Hasta un segundo SMI 30% 900,00 1.800,00 270,00
Hasta un tercer SMI 50% 1.800,00 2.700,00 450,00
Hasta un cuarto SMI 60% 2.700,00 2.942,85 145,71
Importe del Embargo = 865,71
Pendiente de Embargo = 2.587,41
El trabajador tiene informado un nuevo embargo. A continuación se procede a
descontar el nuevo embargo.
1.- Se calcula el Líquido de la nómina teniendo en cuenta los conceptos embargables,
es decir, todos los conceptos a excepción de los informados en la Tabla de
Conceptos, opción inembagables. El líquido que resulta de esta operación es:
Líquido para el cálculo del embargo = Líquido embargable - Importe Embargo 1
Líquido para el cálculo del embargo = 2.942,85 - 865,71
Líquido para el cálculo del embargo = 2.077,14
2.- Se recoje el SMI sobre el que se van a aplicar los tramos.
Importe del SMI en el mes del cálculo = 900,00
3.- Se calcula el importe del embargo para cada tramo y se suman.
El cálculo del embargo se efectua según los tramos definidos por la Ley 01/2002
de 7 de enero:
Tramo SMI Porcentaje Min. Max. Embargable
¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯
Hasta el primer SMI Inembargable 0 900,00 0
Hasta un segundo SMI 30% 900,00 1.800,00 270,00
Hasta un tercer SMI 50% 1.800,00 2.077,14 138,57
Importe del Embargo = 408,57
Pendiente de Embargo = 3.699,79
Tengo una duda con 2 embargos que he recibido de un trabajador.
Los he metido en A3Nom y me lo hace de la siguiente forma.
Aplica el primer embargo correctamente, y quedaría un neto 2077 euros.
Y sobre eso A3nom vuelve a aplicar la escala, de manera que me descuenta 2 embargos en la misma nomina.
Mi duda esta en si tendría que esperar a pagar el primero para que empezara el segundo o si se va aplicando simultáneamente como es en este caso.
Muchas gracias
EMBARGO SALARIAL
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La parte del salario que sobrepase la cuantía del salario mínimo interprofesional
es embargable, pero no en su totalidad. El artículo 1.451 de la Ley de Enjuiciamiento
Civil dispone la escala de las retenciones de salarios que sean superiores al
Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
La operativa que sigue el programa para calcular el importe del concepto de embargo
es la siguiente:
1.- Se calcula el Líquido de la nómina teniendo en cuenta los conceptos embargables,
es decir, todos los conceptos a excepción de los informados en la Tabla de
Conceptos, opción inembagables. El líquido que resulta de esta operación es:
Líquido para el cálculo del embargo = 2.942,85
2.- Se recoje el SMI sobre el que se van a aplicar los tramos.
Importe del SMI en el mes del cálculo = 900,00
3.- Se calcula el importe del embargo para cada tramo y se suman.
El cálculo del embargo se efectua según los tramos definidos por la Ley 01/2002
de 7 de enero:
Tramo SMI Porcentaje Min. Max. Embargable
¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯
Hasta el primer SMI Inembargable 0 900,00 0
Hasta un segundo SMI 30% 900,00 1.800,00 270,00
Hasta un tercer SMI 50% 1.800,00 2.700,00 450,00
Hasta un cuarto SMI 60% 2.700,00 2.942,85 145,71
Importe del Embargo = 865,71
Pendiente de Embargo = 2.587,41
El trabajador tiene informado un nuevo embargo. A continuación se procede a
descontar el nuevo embargo.
1.- Se calcula el Líquido de la nómina teniendo en cuenta los conceptos embargables,
es decir, todos los conceptos a excepción de los informados en la Tabla de
Conceptos, opción inembagables. El líquido que resulta de esta operación es:
Líquido para el cálculo del embargo = Líquido embargable - Importe Embargo 1
Líquido para el cálculo del embargo = 2.942,85 - 865,71
Líquido para el cálculo del embargo = 2.077,14
2.- Se recoje el SMI sobre el que se van a aplicar los tramos.
Importe del SMI en el mes del cálculo = 900,00
3.- Se calcula el importe del embargo para cada tramo y se suman.
El cálculo del embargo se efectua según los tramos definidos por la Ley 01/2002
de 7 de enero:
Tramo SMI Porcentaje Min. Max. Embargable
¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯
Hasta el primer SMI Inembargable 0 900,00 0
Hasta un segundo SMI 30% 900,00 1.800,00 270,00
Hasta un tercer SMI 50% 1.800,00 2.077,14 138,57
Importe del Embargo = 408,57
Pendiente de Embargo = 3.699,79