Alta empleada hogar 20 horas semanales

luca2020

Miembro
Hola, qué tal? Por si alguien me puede ayudar. Estoy en la página de la seguridad social para dar de alta a una empleada de hogar por 20 horas semanales (TIEMPO PARCIAL) y en el apartado de "jornada y salario" pincho en por horas porque la otra casilla sería Tiempo completo. Luego sale una casilla : ?Cuántas horas trabajará al mes la persona empleada?
AHI QUE CANTIDAD PONEIS, PORQUE SON HORAS/MES ??? Porque si pongo 20 horas x 5 días= 100 x 4 semanas= 400 horas/mes , me da el siguiente mensaje:La información ¿Cuántas horas trabajará al mes la persona empleada? tiene un valor mayor del esperado: 159. Valor introducido: 400

Antes se podía elegir entre horas a la semana( se ponía 20 horas) y mes.

Gracias de antemano
 

toni

Miembro conocido
Si son 20 horas semana, no son 100 como indicas. Has multiplicado 20 horas x 5 dias x 4 semanas y no.

Es 20 horas x 4 semanas = 80.
 

luca2020

Miembro
Y sabéis como se manda el contrato de las empleadas del hogar. Se manda en el mismo proceso al darle de alta y luego ellos se lo pasan al Sepe.
 

toni

Miembro conocido
Por contrat@ a los pocos dias (aunque a veces tardan) puedes sacar la comunicacion que mandan directamente al Sepe.
 

luca2020

Miembro
Toni, es que yo había leído esto:
Hay que comunicar el contrato con el empleado de hogar a algún organismo público?
  • Cuando el contrato de trabajo se realice por escrito, debe acompañarse copia del mismo a la comunicación del alta del trabajador ante la Tesorería General de la Seguridad Social. Luego, la Tesorería General de la Seguridad Social comunicará el contenido de los contratos al servicio público de empleo competente.
 

toni

Miembro conocido
Eso era al principio, cuando se podía ir a tesorería. Tesorería se quedaba una copia del contrato, hasta que dijeron que ya no cogían nada.
 

pajarillo

Miembro conocido
¿Alguien hace la cuenta de esta manera? → 20 horas semanales * 4.3 semanas = 86 horas mensuales

(los meses en promedio tienen 4.3 semanas, no 4).

Porque claro, hay trabajadores a tiempo parcial que unos meses tendrán 80 horas de trabajo efectivo, pero otros meses serán 76, otros 84, etc, etc, por lo que el promedio sería lo más exacto.
 

ecomixt

Nuevo miembro
Buenos días,
me encontre en la misma situacion puse 80 horas al mes, pero veo que el porcentaje no son el 50% de la jornada? Sino que es más? Es correcto?Por que motivo?
 

SHGOROEL

Miembro conocido
No hago más que darle vueltas al tema. Mi criterio para no perder tiempo ha sido hasta ayer el mismo que Toni, porque la administración redondea así tambien... 20 horas semanales* 4 y punto....
Pero ayer hice una nómina por horas de 18 horas semanales (alta en la seg social por 72 horas...tramo 3). Pero ayer la nómina de Mayo, 3 horas*6 días semanales= 78 horas (no hay festivos que valgan aquí... lo obviamos por causa X para el ejemplo o lo que sea), el programa me calcula una nómina con tramo 4, claro más retribución más base mas deducción.... Y a darle vueltas al coco.... Que si tengo que cambiar en la seg social, que si que pasa en las vacaciones, que si voy a cotizar de más comparando una nómina a porcentaje....
Mi criterio, por si os sirve o queréis opinar... 52 semanas año -4 semanas vacaciones= 48 sem* 18 horas= 864 - (14 festivos*3=42)= 822 horas al año.
Calculo base de cotización= 822*8.45= 6945,90 /12 meses= 578,82 retribución media => Tramo 3 para todos los meses.... Luego ya me pelearé con el programa de nóminas para que me lo haga bien, pero en la Seguridad social va a ir un 578,82/8.45= 68,50 horas mensual.
NOTA: AYER LES PUSE VALORACIÓN 1 EN EL SIMULADOR DE LA SEDE (YA SÉ QUE ALGUNO OS VAIS A REIR, PERO MENOS ES NADA) Y ABRÍ UNA QUEJA EN LA WEB DE LA SEG SOCIAL TAMBIÉN PARA QUE SEPAN QUE ES IMPOSIBLE TRABAJAR ASÍ. NO ME VAN A HACER CASO, PERO PREFIERO INTENTARLO..
Y es que tengo que tener algo en lo que basarme firmemente ante el que quiera pedirme explicaciones, tanto si es Inspector o cliente (que algunos son peores...y los veo más días al año :ROFLMAO: )
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Buenos días,
me encontre en la misma situacion puse 80 horas al mes, pero veo que el porcentaje no son el 50% de la jornada? Sino que es más? Es correcto?Por que motivo?
Dividen la base de cotización para las horas teóricas... que no sé porque demonios lo hacen en un sistema de tramos... es ridículo.
 

Alhambra

Miembro
No hago más que darle vueltas al tema. Mi criterio para no perder tiempo ha sido hasta ayer el mismo que Toni, porque la administración redondea así tambien... 20 horas semanales* 4 y punto....
Pero ayer hice una nómina por horas de 18 horas semanales (alta en la seg social por 72 horas...tramo 3). Pero ayer la nómina de Mayo, 3 horas*6 días semanales= 78 horas (no hay festivos que valgan aquí... lo obviamos por causa X para el ejemplo o lo que sea), el programa me calcula una nómina con tramo 4, claro más retribución más base mas deducción.... Y a darle vueltas al coco.... Que si tengo que cambiar en la seg social, que si que pasa en las vacaciones, que si voy a cotizar de más comparando una nómina a porcentaje....
Mi criterio, por si os sirve o queréis opinar... 52 semanas año -4 semanas vacaciones= 48 sem* 18 horas= 864 - (14 festivos*3=42)= 822 horas al año.
Calculo base de cotización= 822*8.45= 6945,90 /12 meses= 578,82 retribución media => Tramo 3 para todos los meses.... Luego ya me pelearé con el programa de nóminas para que me lo haga bien, pero en la Seguridad social va a ir un 578,82/8.45= 68,50 horas mensual.
NOTA: AYER LES PUSE VALORACIÓN 1 EN EL SIMULADOR DE LA SEDE (YA SÉ QUE ALGUNO OS VAIS A REIR, PERO MENOS ES NADA) Y ABRÍ UNA QUEJA EN LA WEB DE LA SEG SOCIAL TAMBIÉN PARA QUE SEPAN QUE ES IMPOSIBLE TRABAJAR ASÍ. NO ME VAN A HACER CASO, PERO PREFIERO INTENTARLO..
Y es que tengo que tener algo en lo que basarme firmemente ante el que quiera pedirme explicaciones, tanto si es Inspector o cliente (que algunos son peores...y los veo más días al año :ROFLMAO:
Esta no se me había ocurrido 😂 😂 😂 . En mi caso empecé como Pajarillo y ahora como Toñi, y sigo teniendo la misma dudas Shgoroel...en fin...un lio de tres narices.🤦‍♀️
 

africallora

Miembro conocido
Dividen la base de cotización para las horas teóricas... que no sé porque demonios lo hacen en un sistema de tramos... es ridículo.

A partir del 1 de enero de 2024, pasan a cotizar por salario real y se acaba la agonía con este gremio. Tranquilidad ;)

Real Decreto-ley 16/2022

Disposición transitoria decimosexta.

«4.º A partir del año 2024, las bases de cotización por contingencias comunes y profesionales se determinarán conforme a lo establecido en el artículo 147 de esta ley, sin que la cotización pueda ser inferior a la base mínima que se establezca legalmente.
 

Kalin

Miembro activo
partir del 1 de enero de 2024, pasan a cotizar por salario real y se acaba la agonía con este gremio. Tranquilidad ;)
Real Decreto-ley 16/2022

Disposición transitoria decimosexta.

«4.º A partir del año 2024, las bases de cotización por contingencias comunes y profesionales se determinarán conforme a lo establecido en el artículo 147 de esta ley, sin que la cotización pueda ser inferior a la base mínima que se establezca legalmente.
jode, es verdad, ya no me acordaba, gracias
 

pajarillo

Miembro conocido
partir del 1 de enero de 2024, pasan a cotizar por salario real y se acaba la agonía con este gremio. Tranquilidad ;)

jode, es verdad, ya no me acordaba, gracias
¿Y cual es el salario real de cada mes?.

Las empleadas de hogar a jornada completa, vale, todos los meses cobran los mismo.

Las empleadas de hogar, al menos a tiempo parcial, cobran por horas trabajadas, y en consecuencia, cada mes varía un poco el salario. ¿Tendremos que estar comunicando todos los meses las variaciones?
 

africallora

Miembro conocido
¿Tendremos que estar comunicando todos los meses las variaciones?...

Creo que así será. Están ya prácticamente en RG. Esta semana o la que viene, aprueban un RD para integrarlas en riesgos laborales.


Revisiones médicas

«La nueva norma exigirá que estos trabajadores también pasen un reconocimiento médico anual. El Instituto Nacional de la Seguridad Social será el organismo competente para la organización de los reconocimientos, que realizarán las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social...» (esto se empezará a hacer ya).

PRL

«Una vez aprobado el Real Decreto, los empleadores tendrán un plazo máximo de un año para adoptar medidas en materia de prevención de riesgos laborales»...
 
Arriba