Asiento contable ERTE

carla

Miembro
Buenas tardes, para contabilizar un mes entero con todos los trabajadores en ERTE, y cuota de TC exonerada, como se contabilizaria??
476    a  740???
 

Ichitaka Seto

Miembro activo
Hola,

Según la consulta nº 1 del BOICAC nº 122, de Junio de 2020, "sobre el adecuado tratamiento contable de las decisiones adoptadas por el Real Decreto-ley 8/2020, (...) las bonificaciones en el coste de la Seguridad Social a cargo de las empresas tienen la naturaleza de subvención".

Por tanto, (continúa la nota) el registro contable debería ser el siguiente:

- Contabilización del gasto por las cuotas de la Seguridad Social completas.
- Registro de una subvención, con naturaleza de "subvención a la explotación", por el importe de las cuotas exoneradas.
-No contabilizar importe alguno por el gasto de salarios correspondientes a los trabajadores en ERTE.

E indica los asientos a realizar:

1º) Para el registro de la cuota:

DEBE:
[642] - Seguridad Social a cargo de la empresa --> gasto completo.

HABER:
[476] - Organismos de la Seguridad Social Acreedora --> gasto completo.

2º) Para el registro de la exoneración de la cuota:

DEBE:
[471] - Organismos de la Seguridad Social Deudores --> cuota exonerada.

HABER:
[74x] - Bonificación cuotas Seguridad Social ERTE --> cuota exonerada.

Es obvio que luego hay que "compensar" las cuentas [476] y [471] para ingresar la diferencia; si la cuota exonerada es total, no habrá ingreso, of course.  ;D

Salu2.  8)
 
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