Hola! A ver...una persona que está dada de alta en RETA con una actividad, pero a su vez también está dada de alta en el régimen especial de empleados del hogar. Si su médico le da una baja por IT porque no puede realizar los tratamientos de láser (se dedica a ello), pero sí puede hacer de empleada del hogar, ¿el médico le puede dar la baja de IT solo para la actividad de autónomo o si le da la baja está de baja en los 2 sitios? No me ha pasado nunca...gracias