CAMBIAR DE JORNADA EN EL CONTRATO 289

mireia

Nuevo miembro
Buenas,
Tengo una compañera con un contrato 289 a tiempo parcial.
El jefe me ha pedido que le ponga a tiempo completo y mi duda es:
Tengo que mantener el numero de contrato (289) y solo tengo que cambiar el % de la jornada en la Seguridad Social?
O tengo que cambiar el numero del contrato a un 189 o a un 100?
Me quedo a la espera de vuestras respuestas.
Muchísimas gracias
 

fundación

Miembro conocido
Quitar el %. Aquí hay gente que deja el 289 y gente que pone el 189, el resultado a nivel SS es similar.
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Pues yo lo cambio. A efectos de prestaciones de IT no es lo mismo estar a tiempo parcial que con el tiempo completo. Por ejemplo, si haces el cambio a 189 en noviembre y cae de baja, la prestación de IT se calculará con la base reguladora a tiempo completo, y si le dejas 289 seguirá siendo sobre la media de los tres meses anteriores .... problemón al canto
 

*Almudena*

Miembro
Hace unos días realizamos la consulta a CASIA a la inversa, llamé al sistema red también y confirmaron que en ambos casos, no se modifica el contrato original solo la parcialidad, por lo que en el SEPE igualmente solo se hacía una modificación, no sé si os han comunicado algo distinto.
1702374403657.png
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Hace unos días realizamos la consulta a CASIA a la inversa, llamé al sistema red también y confirmaron que en ambos casos, no se modifica el contrato original solo la parcialidad, por lo que en el SEPE igualmente solo se hacía una modificación, no sé si os han comunicado algo distinto.
Ver el archivos adjunto 2312
Yo opto por cambiar el contrato ( con lo de las it existen variaciones en la forma de calcular la BR que es distinto de parcial a completo que de completo a parcial).. por cierto una pregunta ¿¿¿como modificas la parcialidad en el sepe del mismo contrato?????
 

*Almudena*

Miembro
Yo opto por cambiar el contrato ( con lo de las it existen variaciones en la forma de calcular la BR que es distinto de parcial a completo que de completo a parcial).. por cierto una pregunta ¿¿¿como modificas la parcialidad en el sepe del mismo contrato?????
Si, entiendo que pueda haber conflicto con las IT, esta es la respuesta que nos dieron. Respecto al SEPE no hemos encontrado otra forma que a través de las habituales "modificaciones", donde redactamos los cambios y ellos nos los devuelven como "admitidas", nosotros trabajamos con Gescontra, es un programa de la Junta de Andalucía para todo lo relacionado con Contrat@.
 

Kalin

Miembro activo
Yo lo hago tambien asi, cambiando el codigo del cto y la parcialidad y hasta ahora sin problema nunca.
 
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