Certificado de empresa plazo para enviarlo

leoncho

Nuevo miembro
Buenas tardes, el certificado de empresa debe enviarse dentro del plazo de 10 días naturales, entiendo, desde el fin de la relación laboral, o de inmediato desde la baja en la seguridad social, se ve que hay empresas que retienen o no envian dicho certificado hasta que les da la gana, esperando que los empleados entreguen uniformidad, como una forma de presionar o boicotear la tramitación del desempleo
¿ Es así, o es la impresión personal que tengo?
 

africallora

Miembro conocido
Tiene un máximo de 10 días para enviarlo. Y lo debe hacer telemáticamente. También está obligado a entregar copia del mismo al trabajador si éste se lo pide.

Si la Empresa no le ha entregado la carta de despido o e certificado de empresa, solicite en el sepe un documento llamado «Declaración de carencia de documentación». Y el SEPE actuará de oficio pidiendo estos documentos por usted.

Se lo dejo adjunto.
 

Archivos adjuntos

  • carencia_documentacion.pdf
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leoncho

Nuevo miembro
Ajá, gracias, ese plazo me parece desorbitado, 10 días para enviar un simple documento, vía electrónica, que confecciona el programa automáticamente, no es nada razonable, teniendo en cuenta que si se apura, durante esos 10 días, se ve privado el ex-trabajador de tramitar el desempleo, si le corresponde, los del SEPE no se involucran mucho "Lo siento pero hasta que no recibamos el certificado de empresa no podremos tramitarle el desempleo".
 

africallora

Miembro conocido
Descargue el documento que le he pasado y le dá entrada en el SEPE. Están obligados a actuar de oficio.
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Ajá, gracias, ese plazo me parece desorbitado, 10 días para enviar un simple documento, vía electrónica, que confecciona el programa automáticamente, no es nada razonable, teniendo en cuenta que si se apura, durante esos 10 días, se ve privado el ex-trabajador de tramitar el desempleo, si le corresponde, los del SEPE no se involucran mucho "Lo siento pero hasta que no recibamos el certificado de empresa no podremos tramitarle el desempleo".
Ahora estoy yo con un certificado de empleado de hogar. Reconozco que en los trabajadores "normales" que lo tenemos todo informatizado por pura necesidad (porque el que no lo tenga le deseo buena suerte...) pues vale. Pero los empleadores del hogar no están informatizados y si resulta que se pueden gastar la pasta y les hacemos nominas todos los meses, pues vale, pero el que tengo en manos también es un caso típico de empleador@: señora de 95 años que sólo demanda mis servicios en altas y bajas.. Pues me está tocando de hacer a mano el certificado, y entre col col lechuga, me está costando mi buen rato... que si tiempo parcial, que si distribución regular o no de la jornada, que si vacaciones, que si desglosar por meses la cotización... El programa no me lo hace si no tengo todas las nominas de los meses calculadas, entonces o pierdo tiempo en calcular nóminas, que no he hecho..., o pierdo tiempo en hacerlo a mano. Y suerte que me lo han pedido en papel, porque si no me tocaría de hacerlo a mano en la web del SEPE, con la de interrupciones que tengo lo único que me falta es que con todo a medio hacer se me caiga la página y lo tenga que volver a hacer. No me va a costar 10 días lo reconozco, pero no es todo darle a una tecla. Lo siento este comentario hoy me ha escocido un poco....
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Si. Yo toda la vida me he pasado corriendo con los dichosos certificados y cosa de hace un año o dos revisé donde ponía los plazos para presentarlos y son 10 días...
 

leoncho

Nuevo miembro
Claro, es que, salvo supuestos comprensibles, como el que expone SHGOROEL, la inmensa mayoría de gestiones relativas a un trabajador suelen estar automatizadas, y salvo excepciones, a mi también me parece abusivo, porque si tienes un plazo de 15 días hábiles y 10 se los come la empresa, pues mal negocio, y a dónde voy es, a que hay empresas que como a la antigua usanza, parece que utilizan dicho plazo, no para confeccionar el certificado de empresa, porque lo tienen que hacer manualmente, sino para demorar al máximo su envío, y utilizarlo como moneda de cambio "hasta que no devuelvas la uniformidad, no mandamos el certificado de empresa", es a ése chantaje solapado, que parece que la empresa está para poner trabas al trabajador, ex-trabajador en éste caso, y utilizar cada normativa en su propio interés, aunque éste no sea estrictamente económico, como es el caso de la entrega de unos materiales, uniformidad, herramientas,etc... . Espero haberme explicado.
 

fundación

Miembro conocido
Me baso en el art. 4 de la Orden que regula el envío del certificado al SEPE vía Certific@2, o sea eso de esperar días para hacerlo, no lo hago.

Las empresas y demás sujetos obligados al envío del certificado de empresa al Servicio Público de Empleo Estatal deberán realizar el envío en el momento en el que se produzca el cese, suspensión o reducción de la relación laboral cuando el trabajador haya manifestado con anterioridad al empresario su voluntad de solicitar prestaciones por desempleo, o al día siguiente a aquel en que el trabajador solicite de forma expresa el certificado al empresario, si lo hace posteriormente.
 

leoncho

Nuevo miembro
En eso que enuncias, está muy bien, hasta que hace el inciso de que "el trabajador solicite de forma expresa el certificado", o el inciso de "manifestado con anterioridad al empresario su voluntad de pedir prestaciones", eso es como la justificación para no mandarlo de forma inmediata. Se ve que el que redactó el artículo quería dejar una opción de excusa o de escape al empresario, vamos que pensó más en la empresa que en el trabajador que se queda en la calle y tiene que seguir con su mala costumbre de comer 3 veces al día, es como lo del "mes de espera" para ahorrar dinero a la Caja Pública Española, hay muchas normas que no tienen demasiado sentido.
 

fundación

Miembro conocido
Generalmente vienen a firmar y ya se interesan por el tema del paro, y meto la gestión del certificado en el paquete del momento. Otros casos como baja voluntaria lo puedo hacer en el día o dos días siguientes (mañana tengo un caso de dimisión).
 

leoncho

Nuevo miembro
Pregunto, si no se llegan a la oficina a firmar, porque les pilla como 70-80 kms, hay algún problema en anticiparse a la jugada,por parte de la empresa, y enviarlos, los certificados de empresa, o forzosamente tienen que venir a firmar antes?
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Yo suelo enviarlos en cuanto puedo, nunca he tardado los 10 días.... Pero correr tampoco es bueno ¿no os llaman nunca para corregir el finiquito porque falta o sobra algo? Si mandas el certificado raudo y veloz igual tienes que volver a enviarlo luego.
 

maria0020

Nuevo miembro
Hola, estoy intentando pasar el certificado en el SEPE manualmente y me pide grupo de cotizacion.
Me podeis decir cual hay que poner. saludos
 

tachca

Miembro
Hola, estoy intentando pasar el certificado en el SEPE manualmente y me pide grupo de cotizacion.
Me podeis decir cual hay que poner. saludos
El grupo de cotización ( o grupo de tarifa) que corresponda al trabajador que ha cesado, en el programa o nomina lo podrás ver
 
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