Cláusula de mantenimiento de empleo

pepito

Miembro activo
Buenas tardes, qué ocurre con las exoneraciones si se despide de forma disciplinaria a un trabajador y este no reclama. me refiero al caso de un trabajador que fue reincorporado del erte pero no han transcurrido los 6 meses.
Igualmente se considera incumplido el compromiso de mantenimiento de empleo de 6 meses?
Muchas gracias
 

Saralaboral2

Miembro activo
Entiendo que si, ten en cuenta quién verifica y controla el incumplimiento de cara las exoneraciones es TGSS. Funciona igual que la tarifa plana.
 

DANI ML

Miembro conocido
Es una de las grandes preguntas sin respuesta.
Yo he aplicado el criterio de... si despides, cuenta con devolver exoneración
La norma dice DECLARADO. En teoría solo lo puede declarar un juez.
Pero está el sinsentido de que, para ello, el trabajador debería demandar.
Ejemplo: trabajar que es despedido por matar a un compañero. Tiene tan claro que es procedente, que no demanda. ¿Devolver exoneraciones?   
Esto se sabrá dentro de unos años
 

Cachilipox

Miembro conocido
En un despido disciplinario, la procedencia se presume. Si el trabajador recurre, lo único que puede determinar su señoría es la improcedencia, por no cumplirse algunos de los requisitos de forma o de fondo.
Es un derivado de la potestad disciplinaria del empresario, y que en este tipo de procedimiento especial, es juez y parte al mismo tiempo.
Por eso, aunque muchas veces en el fondo del asunto esté justificado, magistratura social (que aquí hace el papel de segunda instancia), es TAN exigente con los aspectos formales.
 

PEDRO

Miembro conocido
Estamos con el tema de siempre, exoneramos pero luego queremos despedir.
Empresa que en noviembre exoneró por un erte de limitación hasta el 15-11-2020 en que recuperó a una trabajadora. El resto de de los trabajadores los fue recuperando a todos hasta el 14-12-2020 en que solo quedaron dos afectados.
Estos dos que siguieron afectados por el erte: uno al día de hoy aun está en erte (lleva desde marzo sin salir del mismo), y la otra trabajadora acaba de salir por completo del erte el 14-02-2021, entiendo que para contar el mantenimiento de empleo como exoneró trabajadores en noviembre al amparo del RD Ley 30/2020 y el primero en salir fue el 15-11-2020, 6 meses hasta el 15-05-2021, y como exoneró ahora por el el RD ley 2/2021 cuento 6 meses mas desde el 15-05-2021 así que finalizaría el 15-11-2021.
¿Son correctos mis cálculos?
 

Santiago

Miembro conocido
Mucha atención porque empieza a circular la idea de que los 6 meses de mantenimiento de empleo no se inician cuando se reincorpora el primer trabajador del ERTE sino cuando se reincorpora el último, es decir, no hay trabajadores en ERTE.
Como bien se ha comentado, hasta que no existan sentencias que se pronuncien, seguimos con las dudas y el miedo.
 

PEDRO

Miembro conocido
Mucha atención porque empieza a circular la idea de que los 6 meses de mantenimiento de empleo no se inician cuando se reincorpora el primer trabajador del ERTE sino cuando se reincorpora el último, es decir, no hay trabajadores en ERTE.
Como bien se ha comentado, hasta que no existan sentencias que se pronuncien, seguimos con las dudas y el miedo.
¡Cuando se reincorpora el último...! ¿Pero donde has escuchado o leido es? ¿qué fiabilidad tiene? Si fuera cierto ya me parecería demasiado.
 

Nana

Miembro conocido
Hola

yo soy de la opinión mas restrictiva, empiezo a contar los 6 meses desde que acaba el ERTE, así se lo he explicado a mis clientes y me han comprado las razones

No obstante, hice la consulta al MTAS y os pego la respuesta que me dieron (validez pues la que querais darle, que luego llega papá ITSS y zas!)

En respuesta a su correo electrónico le comunicamos que la aplicación de lo dispuesto en la Disposición adicional sexta del R.D. ley 8/ 2020, de 17 de marzo, en relación a la salvaguarda del empleo de los trabajadores afectados por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo, el cómputo del compromiso del mantenimiento del empleo por expedientes de regulación de empleo basados en los artículos 22 y 23 del citado R.D. ley 8/2020, de 17 de marzo, comienzan a computar a partir de la reincorporación del primer trabajador ya sea a tiempo completo o parcial, salvo que la empresa posteriormente al 30 de septiembre de 2020, le haya sido de aplicación las exoneraciones establecidas en el R.D. ley 30/2020, de 29 de septiembre, o del R.D. ley 2/2021, en cuyo caso, quedarán comprometidas a un nuevo periodo de seis meses de salvaguarda del empleo.



Por ello, el cómputo del compromiso de seis meses del mantenimiento del empleo afectaría a todos los trabajadores de la empresa a contar desde el momento de reincorporación del primer trabajador, a tiempo completo o parcial.

Espero haberos ayudado :)
 

PEDRO

Miembro conocido
Hola

yo soy de la opinión mas restrictiva, empiezo a contar los 6 meses desde que acaba el ERTE, así se lo he explicado a mis clientes y me han comprado las razones

No obstante, hice la consulta al MTAS y os pego la respuesta que me dieron (validez pues la que querais darle, que luego llega papá ITSS y zas!)

En respuesta a su correo electrónico le comunicamos que la aplicación de lo dispuesto en la Disposición adicional sexta del R.D. ley 8/ 2020, de 17 de marzo, en relación a la salvaguarda del empleo de los trabajadores afectados por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo, el cómputo del compromiso del mantenimiento del empleo por expedientes de regulación de empleo basados en los artículos 22 y 23 del citado R.D. ley 8/2020, de 17 de marzo, comienzan a computar a partir de la reincorporación del primer trabajador ya sea a tiempo completo o parcial, salvo que la empresa posteriormente al 30 de septiembre de 2020, le haya sido de aplicación las exoneraciones establecidas en el R.D. ley 30/2020, de 29 de septiembre, o del R.D. ley 2/2021, en cuyo caso, quedarán comprometidas a un nuevo periodo de seis meses de salvaguarda del empleo.



Por ello, el cómputo del compromiso de seis meses del mantenimiento del empleo afectaría a todos los trabajadores de la empresa a contar desde el momento de reincorporación del primer trabajador, a tiempo completo o parcial.

Espero haberos ayudado :)
Nana, te entiendo y yo hago lo mismo que tú por precaución, les digo a mis clientes que primero saquen a todo el mundo del ERTE y dejo transcurrir 6 meses. Pero aun así, hay que tener cuidado con los periodos de exoneración pues en una empresa aunque dejes de exonerar ahora aun puede ser que te encuentres con que la obligación de exonerar finalice mas tarde.
 

Santiago

Miembro conocido
Adjunto el artículo que comentaba que los 6 meses empezarían a contar cuando sale el último trabajador del ERTE
Si se aplica lo que dice este artículo, quemo el congreso de los diputados.
 

Archivos adjuntos

  • 2.-Mantenimiento del empleo y ERTES.pdf
    255,6 KB · Visitas: 11

PEDRO

Miembro conocido
Como bien dices, es un artículo y una opinión más, el cual la lees y ves razonado por alguien que aplicó el derecho. Pero lo que importa es que de una vez el Ministerio de Trabajo aclare esta situación, porque si no pasa lo que pasa, estamos todos en un mundo de dudas.
No se porque las diferentes asociaciones patronales y empresariales de una vez "obligan" al Ministerio a que se defina y al menos podríamos saber que hacer.
 

PEDRO

Miembro conocido
Precisamente me acaba de llegar el Boletín de Lefebvre con un par de apuntes en relación a este tema.
 

Archivos adjuntos

  • DEVOLUCION INCENTIVOS.pdf
    256,8 KB · Visitas: 20
  • DESPIDO EN ERTE.pdf
    243,8 KB · Visitas: 19

VILA100

Miembro conocido
Hola
Había criterio de inspección...desde mayo pasado....que era desde la primera incorporación. En el foro debe estar....(espero)
Salu2
 

PEDRO

Miembro conocido
Hola
Había criterio de inspección...desde mayo pasado....que era desde la primera incorporación. En el foro debe estar....(espero)
Había criterio ¿escrito o similar? porque también cabe que comiences a contar desde que recuperar al primer trabajador pero siempre y cuando tengas a todos fuera del erte.
 

Juani

Miembro
Buenos días,

Al hilo de los comentarios, me acaba de decir un cliente que es una SL que quiere disolver la empresa este mes de mayo. Tiene un ERTE en vigor desde marzo 2020 y el verano pasado sacó a los 3 trabajadores del ERTE. En octubre se prorrogó el ERTE y a día de hoy hay 1 trabajadora al 100% y otra al 50% en ERTE, pero sin bonificación en seguridad social. No le puedo decir nada con seguridad jurídica 100%, más que renuncie al ERTE y espere 6 meses, que ahí no hay duda...

Me plantea si los 3 trabajadores pueden causar baja voluntaria....pero es que llama la atención por todos sitios...

¿Habéis tenido algún caso parecido?
 

PEDRO

Miembro conocido
Buenos días,

Al hilo de los comentarios, me acaba de decir un cliente que es una SL que quiere disolver la empresa este mes de mayo. Tiene un ERTE en vigor desde marzo 2020 y el verano pasado sacó a los 3 trabajadores del ERTE. En octubre se prorrogó el ERTE y a día de hoy hay 1 trabajadora al 100% y otra al 50% en ERTE, pero sin bonificación en seguridad social. No le puedo decir nada con seguridad jurídica 100%, más que renuncie al ERTE y espere 6 meses, que ahí no hay duda...

Me plantea si los 3 trabajadores pueden causar baja voluntaria....pero es que llama la atención por todos sitios...

¿Habéis tenido algún caso parecido?
El problema es la exoneración, entiendo que si no está exonerando y han transcurrido 6 meses desde la última exoneración no tiene porque haber problemas en caso de cese de los trabajadores.
¿Desde cuando no exonera?
 

Juani

Miembro
El problema es la exoneración, entiendo que si no está exonerando y han transcurrido 6 meses desde la última exoneración no tiene porque haber problemas en caso de cese de los trabajadores.
¿Desde cuando no exonera?
Hola Pedro,

El último mes que se exoneró fue septiembre 2020, desde esa fecha tiene a una trabajadora al 100% trabajando, otra al 100% en ERTE y otra al 50% en ERTE.

Yo entiendo que es así como tú dices, pero seguridad 100% no tengo...Voy a ver si la AL de Alicante me puede decir algo más.

Mil gracias!
 
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