Complemento de demora edad jubilación

MJ1977

Miembro
Hola,
Una consulta: el complemento de demora que se da por retrasar la edad de jubilación:
1.- se puede cobrar prorrateado mensualmente en la pensión o
2.- se puede cobrar en una cantidad a tanto alzado, la duda la tengo con las tablas, si un trabajador retrasa su edad de jubilación 3 años tengo que multiplicar los diez mil y pico por tres años?
 

Bruma

Miembro activo
Si le corresponde diez mil y pico es en total, y lo podrá cobrar de una sola vez o bien en forma de renta añadido el prorrateo a su pensión.

A tener en cuenta que en Renta deberá tributar por esa cantidad como rendimientos irregulares.
 

MJ1977

Miembro
Es que tengo a un pensionista que ha retrasado su edad de jubilación 3 años y ha pedido la cantidad de tanto alzado y le han dado 33.000 euros.
Entendéis que los importes de las tablas deben multiplicarse por los años demorados?
 
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