CONVENIO CAVAS,VINOS ESPUMOSOS DE CATALUNYA

CHARO

Miembro conocido
Buenas compañeros. El convenio de Cavas y vinos espumosos de cataluña, determina que en el mes de septiembre se abonara una ayuda social a aquellos trabajadores que tengan hijos en edad escolar obligatoria. Pero, en el caso de un trabajador que se da de alta en la empresa el 20 de septiembre, entendéis que también le correspondería?. Os pego lo que dice el convenio literalmente:

Artículo 14
Ayudas sociales
La empresa tiene que pagar al trabajador/a la cantidad de 170,40€ mensuales durante la vigencia del Convenio,
por cada hijo/a discapacitado físico o psíquico que esté a su cargo durante el 2018, 173,81€ el 2019 y 178,16€ en
el 2020.
Las empresas abonarán una ayuda escolar de 201,65€, por cada trabajador/a con hijo/a en edad de
escolarización obligatoria y previa justificación adecuada durante el 2018, 205,68€ el 2019 y 210,82€ en el 2020.
Esta ayuda se abonará durante el mes de septiembre de cada año.
 

fundación

Miembro conocido
Entiendo que sí.

Ahora que lo pienso... si prorrateas su cotización a lo largo del año natural, págale la parte proporcional desde el alta en septiembre hasta fin de año.
 
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