Hola, la sentencia anula el convenio colectivo como estatutario, pero sigue en vigor como extraestatutario, es decir valido para las partes firmantes, es decir si la oficina de farmacia esta adherida a alguna de las patronales firmantes, si le es de aplicacion, si esta adherida a la patronal demandante, le sera de aplicacion el convenio anterior
Un saludo