cuotas colegiales y renta

carla

Miembro
Buenos dias, en el caso de un profesional que esta en RG contratado en una empresa como abogado, y a partees autonomo con actividad economica, donde se puede desgrabar la cuota colegial cara la RENTA. En rendimientos de trabajo puede ser, y como gasto de la actividad economica tambien. Pero es obligatorio ponerlo en uno u otro sitiio???
 

BELEN

Miembro conocido
Hola Carla, el programa te va a permitir ponerlo en cualquiera de los 2 sitios, y aunque matemáticamente el resultado es un poco más favorable si lo metes en gasto deducible de los rendimientos del trabajo, mi opinión es que procede reflejarlo como gasto de su actividad profesional, que es la que motiva el gasto.
Un saludo
 
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