Descontar de la liquidación objeto robado

Santiago

Miembro conocido
Buenos días
Una empresa va a despedir a un trabajador por haber robado material del stock (tiene pruebas del robo)
El valor del objeto robado asciende a 750 euros
La suma de la nómina del mes + el finiquito (vacaciones pendientes) asciende a 1.250 euros aproximadamente

El empresario no quiere pagar los 1.250 sino que insiste en que se le descuenten los 750 euros del objeto robado o no pagar nómina ni liquidación al trabajador

¿Véis posible descontar los 750 euros del objeto robado y que la liquidación sea de 500 euros?
 

FERNANDO

Miembro conocido
No, dado que no existe una cantidad líquida, vencida y exigible. El valor del objeto debe corresponderse con un valor marginal, no por lo que vale ahora en el mercado.
 

MarLo

Miembro conocido
En todo caso, siempre puedes descontar y, luego, si el trabajador demanda, en conciliación anunciar reconvención por las cantidades que entiende el empresario que se le deben abonar por daños y perjuicios.
a las bravas, y teniendo pruebas del robo, es una solución
 

FERNANDO

Miembro conocido
Bueno, hablo de que un determinado objeto, (un ordenador) no tiene el valor de compra, pues parte de su valor ya ha sido amortizado por el paso del tiempo.
 

elchuske

Miembro conocido
Es que estan mezclando cosas distintas que estan meridianamento claras, Objeto robado... a comisaria. Y como me has robado te despido pero de descontar nada de nada. Y menos en nomina que es sagrada.
Ademas que ha robado??? un ordenador??? y te ha robado el IVA del ordenador que el empresario se ha deducido??? venga ya. Y ademas lo tendras amortizado y te has deducido la amortizacion. Anda que si lo tienes todo amortizado resulta que no te ha robado nada. Crematisticamentne hablando. Al final si el empleado lo paga el empresario ha hecho negocio.
Que sse olvide del ordenador. a la comisaria y acto seguido a la calle.
 

EstefaníaMJ

Miembro conocido
Es que estan mezclando cosas distintas que estan meridianamento claras, Objeto robado... a comisaria. Y como me has robado te despido pero de descontar nada de nada. Y menos en nomina que es sagrada.
Ademas que ha robado??? un ordenador??? y te ha robado el IVA del ordenador que el empresario se ha deducido??? venga ya. Y ademas lo tendras amortizado y te has deducido la amortizacion. Anda que si lo tienes todo amortizado resulta que no te ha robado nada. Crematisticamentne hablando. Al final si el empleado lo paga el empresario ha hecho negocio.
Que sse olvide del ordenador. a la comisaria y acto seguido a la calle.
Yo lo he dicho más sutilmente :ROFLMAO: Pero vamos, coincido al 101%
 

MarLo

Miembro conocido
No siempre que existe un robo de un trabajador es recomendable presentar denuncia en Comisaría. Ya sólo sea por la pérdida de tiempo que esto pueda suponer y que cualquier sustracción, aunque tenga un valor pequeño (meter mano en el bote de propinas, por ejemplo...), pueda justificar un despido disciplinario.

Por otra parte, teniendo pruebas claras del robo, como es el caso que nos preguntan, igual compensa más "pactar" con el trabajador. Si el trabajador roba, una de las opciones de la empresa es ofrecer la firma de la baja voluntaria con el fin de evitar un procedimiento penal. Hay sentencias que no consideran viciado el consentimiento en estos casos (aunque hay que seguir unas pautas)

Así que hay posibilidades de negociar. Y precisamente, el SMAC está para eso. No es ortodoxo, pero el encaje de esos 750 euros forzando la situación (como indica Fernando), puede permitir que el empleado salga con el despido disciplinario y renozca una indemnización a favor de la empresa vía artículo 1101 CC (el que, por ejemplo, permite descontar multas de tráfico de la nómina por conductas temerarias) y dejarlo todo firmado en conciliación.
 
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EstefaníaMJ

Miembro conocido
No siempre que existe un robo de un trabajador es recomendable presentar denuncia en Comisaría. Ya sólo sea por la pérdida de tiempo que esto pueda suponer y que cualquier sustracción, aunque tenga un valor pequeño (meter mano en el bote de propinas, por ejemplo...), pueda justificar un despido disciplinario.

Por otra parte, teniendo pruebas claras del robo, como es el caso que nos preguntan, igual compensa más "pactar" con el trabajador. Si el trabajador roba, una de las opciones de la empresa es ofrecer la firma de la baja voluntaria con el fin de evitar un procedimiento penal. Hay sentencias que no consideran viciado el consentimiento en estos casos (aunque hay que seguir unas pautas)

Así que hay posibilidades de negociar. Y precisamente, el SMAC está para eso. No es ortodoxo, pero el encaje de esos 750 euros forzando la situación (como indica Fernando), puede permitir que el empleado salga con el despido disciplinario y renozca una indemnización a favor de la empresa vía artículo 1101 CC (el que permite descontar multas de tráfico por conductas temerarias) y dejarlo todo firmado en conciliación.
Sigo sin verlo. Yo personalmente no lo haría. En cuestión de negociación me parece estupendo y entiendo perfectamente lo que quieres decir, pero aún así yo no soy partidaria de hacerlo así.
 
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