Buenas tardes.
A día 31 de Diciembre una empresa de menos de 25 trabajadores quiere despedir por causas económicas a un trabajador, visto lo de la enmienda del PP relativa a la supresión del FOGASA. Lo lleva meditando y no quiere esperar más.
Le van a comunicar el despido objetivo el mismo 31, le tendrán que abonar los 15 días que deja de preavisar con retención de IRPF (pero sin cotización supongo) y abonarle los 12 días para que el trabajador solicite los 8 restantes al Fogasa.
¿¿Entiendo que la empresa lo está haciendo correcto aunque no preavise con 15 días, y en principio lo de solicitar al FOGASA los 8 días sigue igual a expensas de lo que se publique más adelante??
Muchas gracias.
Saludos
A día 31 de Diciembre una empresa de menos de 25 trabajadores quiere despedir por causas económicas a un trabajador, visto lo de la enmienda del PP relativa a la supresión del FOGASA. Lo lleva meditando y no quiere esperar más.
Le van a comunicar el despido objetivo el mismo 31, le tendrán que abonar los 15 días que deja de preavisar con retención de IRPF (pero sin cotización supongo) y abonarle los 12 días para que el trabajador solicite los 8 restantes al Fogasa.
¿¿Entiendo que la empresa lo está haciendo correcto aunque no preavise con 15 días, y en principio lo de solicitar al FOGASA los 8 días sigue igual a expensas de lo que se publique más adelante??
Muchas gracias.
Saludos