¿Qué es eso de "rendir adecuadamente"?
La relación LABORAL no se fundamenta en el rendimiento, no es una relación basada en el resultado, es una relación de "alquiler por horas".
Si el trabajador presta sus horas, ya está rindiendo lo que se espera de él (o ella), ponerse a disposición de la empresa tantas o cuantas horas.
Cosa diferente es cuando se dan situaciones de boicot, de negligencia intencional... que sí sería una casuística disciplinaria.
O que por A o por Z, los medios y sistema de producción hubiesen cambiado tanto, que la anterior habilitación del trabajador haya quedado obsoleta, y ni con formación ni reciclaje,.... que sería una casuística de un posible despido objetivo por ineptitud sobrevenida.
Pero en ambos casos estamos frente a supuestos MUY BINOMIALES: la persona trabajadora, pudiendo hacer no quiere hacer, o bien, la persona trabajadora, antes válida y capacitada, ahora ya no es capaz.
O sea, donde antes era SÍ, ahora es NO.
Pero cuando lo que tenemos delante es una mera apreciación totalmente subjetiva del supuesto grado de rendimiento ("ya no rinde como antes"), eso es pura farfolla, y sí o sí, va directo a un improcedente.
En resumen, la empresa quiere despedir, y puede hacerlo. Ni es gratis ni barato, pero si posible y legal.
Da muy mucho lo mismo si lo formalizas en apariencia como disciplinario o como objetivo. Materialmente no es ni lo uno ni lo otro. Es un puro y simple despido libre.
Lo importante es que organices y redactes el despido procurando evitar cualquier riesgo de nulidad.
(Y eso, avisar a la empresa cliente que sí o sí, al final va a salir por 33 días/año. Lo de los 15 días de preaviso ya es optativo)