DESPIDOS COLECTIVOS

MARI LOZANO

Miembro activo
Buenos días.
Ya de vuelta al trabajo con marrones..

Una empresa quiere despedir y tenemos que ver si ya estamos en el límite para realizar un despido colectivo porque ya lleva varios despidos disciplinarios.
Pero nos asalta una duda. Esta empresa tiene dos códigos de cuenta de cotización de actividades diferenciadas, una de hostelería y otra de fabricación de platos preparados.
A la hora de tener en cuenta los despidos tendríamos que tener en cuenta los realizados en la empresa en total o sólo en el código de cuenta de cotización donde se quiere despedir ¿?

Gracias.
 

MARI LOZANO

Miembro activo
Eso sí.

@MARI LOZANO habla de despidos "disciplinarios". No informa de si han sido recurridos o no, si han sido declarados improcedentes o no.

Si son disciplinarios reales y no se ha declarado la improcedencia, esos despidos no cuentan para el cómputo.
han sido recurridos y en conciliación se han declarado improcedentes. Yo les he metido en el cómputo. La duda era si por empresa o distinguía por código de cuenta o actividad dentro de la empresa.
 
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