MARI LOZANO
Miembro activo
Buenos días.
Estoy un poco perdida con el tema de dietas.
El convenio de comercio establece unas dietas cuando se tenga que desplazar el trabajador de su domicilio, estableciendo que si el trabajador no puede volver a comer tiene derecho a percibir media dieta y si la duración exige pernoctar fuera tendrá derecho a que se le abone los gastos que hubiera efectuado, así como una dieta en compensación por los gastos cuya justificación sea posible.
Os adjunto hoja del artículo 31 que es el que lo establece.
Los importes por convenio de dieta completa es 32.46 y media dieta 13.37.
Ahora bien, mi duda es, la dieta completa qué incluye ¿? Incluye desayuno, comida y cena y además la pernocta o sólo las comidas y las pernoctas aparte. Para pagar las pernoctas tiene que presentar factura para que la empresa la abone ¿?
Me pierdo en los conceptos de dietas y pernoctas.
Si me podéis ayudar.
Gracias.
Estoy un poco perdida con el tema de dietas.
El convenio de comercio establece unas dietas cuando se tenga que desplazar el trabajador de su domicilio, estableciendo que si el trabajador no puede volver a comer tiene derecho a percibir media dieta y si la duración exige pernoctar fuera tendrá derecho a que se le abone los gastos que hubiera efectuado, así como una dieta en compensación por los gastos cuya justificación sea posible.
Os adjunto hoja del artículo 31 que es el que lo establece.
Los importes por convenio de dieta completa es 32.46 y media dieta 13.37.
Ahora bien, mi duda es, la dieta completa qué incluye ¿? Incluye desayuno, comida y cena y además la pernocta o sólo las comidas y las pernoctas aparte. Para pagar las pernoctas tiene que presentar factura para que la empresa la abone ¿?
Me pierdo en los conceptos de dietas y pernoctas.
Si me podéis ayudar.
Gracias.