Diferencia entre el contrato de formacion en alternancia y la formacion dual intensiva retribuida en el marco de un contrato de formacion.

Argi

Miembro conocido
Hola,

Me está mareando esta historia.
1-Existe el contrato de formacion en alternancia.
2-Existen las practicas laborales remuneradas
3-Existen las prácticas laborales no remuneradas
4-Existen las prácticas no laborales (remuneradas o no)
5-Y existen las prácticas laborales remuenradas intensivas (FD DUAL) que se tienen que formalizar en el marco de un contrato de formacion....

¿Alguien me puede aclarar las diferencias entre el punto 1 y 5?
Tramitar el alta es diferente en ambos casos (diferenre ex cotizacion, diferente RLCE...) y la cotización también. En la formación en alternancia hay que comunicar las horas de formacion mensual, su importe, datos que los pasa el centro que imparte la formación, ¿en la intensiva también hay que hacerlo?
 

EstefaníaMJ

Miembro conocido
Lo siento.... de verdad que lo siento, pero no puedo evitarlo, me quema... :ROFLMAO:
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PD: Me quedo a recibir mi FORINAR, tengo becarios para dar y regalar, cada uno diferente, los tengo a todos de alta según me dice casia con los convenio colaboradores... Pero estoy totalmente insegura.
 
Última edición:

Cachilipox

Miembro conocido
Sin ser experto, pero analizando las implicaciones:

Opción 1.- Contrato de formación en alternancia
Promovido por la empresa contratante, y asociado a un itinerario formativo del trabajador, mediante el que adquirirá nuevas capacidades y competencias (titulación). Debe guardar relación las competencias y titulación a adquirir con las tareas desarrolladas en el puesto actual (familia y área).

Ejemplo: empresa contrata a oficial de construcción, y se establece un itinerario formativo de TS Organización y Control de obras

Opción 5.- FP Dual intensiva en el marco de un contrato de formación en alternancia
Promovido por el centro educativo, las tareas a desarrollar en la empresa están asociadas a los contenidos formativos que deben completarse en un entorno real de trabajo.

Ejemplo: Empresa contrata a un "oficial de construcción en prácticas", para completar el itinerario formativo del CFGM Técnico de construcción.

Por lo tanto:
Opción 1.- El trabajador ya tiene una competencia, asociada a la tarea laboral concreta, y se forma para adquirir nuevas competencias, necesariamente relacionadas.
Opción 5.- El trabajador NO tiene aun una competencia plena, el contrato de trabajo es el mecanismo o procedimiento para completar su itinerario formativo-competencial.
 

MJ1977

Miembro activo
Hola,

Me está mareando esta historia.
1-Existe el contrato de formacion en alternancia.
2-Existen las practicas laborales remuneradas
3-Existen las prácticas laborales no remuneradas
4-Existen las prácticas no laborales (remuneradas o no)
5-Y existen las prácticas laborales remuenradas intensivas (FD DUAL) que se tienen que formalizar en el marco de un contrato de formacion....

¿Alguien me puede aclarar las diferencias entre el punto 1 y 5?
Tramitar el alta es diferente en ambos casos (diferenre ex cotizacion, diferente RLCE...) y la cotización también. En la formación en alternancia hay que comunicar las horas de formacion mensual, su importe, datos que los pasa el centro que imparte la formación, ¿en la intensiva también hay que hacerlo?
Salvo mejor opinión en mi cabezo aplico lo siguiente:
Punto 1 : es el anterior contrato formativo, trabajadores que no tienen titulación y que van a compaginar estudios y trabajo.
Punto 5.- Es el becario de toda la vida, estudiante que tiene que hacer sus practicas y se le hace un "contrato" y puede ser remunerado o no

Pero me repito como un ajo, mi cabeza es un caos de situaciones :sick:
 

Argi

Miembro conocido
Me voy documentando poco a poco.
La frontera entre el 1 y el 5 es difusa.
EL 1 es el equivalente al antiguo contrato de formación que lo imparten empresas tipo GRUPO 2000, ALBATROS..., dirigido a jóvenes sin estudios y destinado a sacar algun título. Puede ser o no bonificado y mensualmente hay que mandar las horas de formación, el coste de la formación y las horas de turorización con su costo.
El 5 está dirigido a jóvenes en segundo año de FP. Estudian una parte del tiempo y trabajan otra parte del tiempo. Serían unas prácticas formativas remuneradas "intensivas" que tienen en parte un tratamiento similar al contrato de formación en alternancia, pero su tratamiento en TGSS es diferente: otro exc. de cotización (986), otro RLCE (9939), no hay que informar de las horas de formación....
 

Inma.2

Miembro conocido
Me voy documentando poco a poco.
La frontera entre el 1 y el 5 es difusa.
EL 1 es el equivalente al antiguo contrato de formación que lo imparten empresas tipo GRUPO 2000, ALBATROS..., dirigido a jóvenes sin estudios y destinado a sacar algun título. Puede ser o no bonificado y mensualmente hay que mandar las horas de formación, el coste de la formación y las horas de turorización con su costo.
El 5 está dirigido a jóvenes en segundo año de FP. Estudian una parte del tiempo y trabajan otra parte del tiempo. Serían unas prácticas formativas remuneradas "intensivas" que tienen en parte un tratamiento similar al contrato de formación en alternancia, pero su tratamiento en TGSS es diferente: otro exc. de cotización (986), otro RLCE (9939), no hay que informar de las horas de formación....
... no tienen contrato, FD DUAL modalidad BECA
 
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