DISTINTAS FUNCIONES

ASTRO

Miembro activo
hola compañeros, resulta que tengo un bar que los cocineros a veces son camareros y al revés. si un camarero tiene que hacer un bocata pues lo hace. Pero un cocinero ha dicho que hacer de camarero no es su función y se niega. Esto puede ser? Tendría que hacer un anexo a todos los contratos diciendo que realizaran funciones tanto de camarero como de cocinero? Entendía que siendo de la mismo "grupo profesional" podrían realizar otras funciones dependiendo de las necesidades organizativas de la empresa. Gracias
 

africallora

Miembro conocido
Estoy con el convenio de Hostelería de Bizkaia ahora.

Te respondo con preguntas:

¿Podía un recepcionista ser un camarero?, ¿podría un repostero ser un facturista de comedor?, ¿podría un planchista ser un recepcionista?, ¿podría un cocinero ser un Disc-jockey?... Todos se recogen en Calificación Tercera.

En definitiva, me temo que el cocinero tiene razón. Con un anexo no tapas el roto de ese descosido.
 

Caslaboral

Miembro conocido
Yo creo que no hay el mas minimo problema, como mucho justificar esa continuidad de movilidad funcional con causas orgarganizativas, que seguro podeis porque sera un bar pequeño. Mira tambien el convenio, por ejemplo en Catalunya se profundiza mas que en el ALEH. Pero lo veo dentro de la movilidad funcional.
 

FERNANDO

Miembro conocido
El tema tiene su intringulis. A veces, en el mismo grupo profesional, se incluyen tareas que no tienen nada que ver con las otras, de acuerdo a lo indicado en convenio.

En estos casos, operaría la integración en varios grupos profesionales con una cláusula. Y la categoría de las dos donde se prestasen más servicios, sería en la que se encuadraría el trabajador.
 

africallora

Miembro conocido
El tema tiene su intringulis. A veces, en el mismo grupo profesional, se incluyen tareas que no tienen nada que ver con las otras, de acuerdo a lo indicado en convenio.

En estos casos, operaría la integración en varios grupos profesionales con una cláusula. Y la categoría de las dos donde se prestasen más servicios, sería en la que se encuadraría el trabajador.

Me gusta la música y la letra (y)
 

Santiago

Miembro conocido
Me da a mí que el cocinero que no quiere ser camarero tiene parte de razón
Quizás como comentáis la solución es hacer un anexo o cláusula en el contrato en el que se indique en momentos muy concretos, pueden realizar distintas funciones
Pero vamos, que lo veo más como una medida de presión buscando el despido que otra cosa.
El trabajador tiene razón, sí, pero en estas empresas pequeñas ya se sabe que a veces hay que hacer de todo en beneficio de la supervivencia
 

africallora

Miembro conocido
Me da a mí que el cocinero que no quiere ser camarero tiene parte de razón
Quizás como comentáis la solución es hacer un anexo o cláusula en el contrato en el que se indique en momentos muy concretos, pueden realizar distintas funciones
Pero vamos, que lo veo más como una medida de presión buscando el despido que otra cosa.
El trabajador tiene razón, sí, pero en estas empresas pequeñas ya se sabe que a veces hay que hacer de todo en beneficio de la supervivencia

Sí, sí, totalmente de acuerdo. A mi la idea de @FERNANDO me gusta, pero para un contrato inicial. Meter una cláusula ahora en un anexo, no procede.

El cocinero tiene razón. Se ha de intentar buscar su comprensión y ganarse su voluntad para que quiera realizar un trabajo por el que no ha sido contratado.
 

Caslaboral

Miembro conocido
A mi me perdonareis pero sigo opinando lo mismo, y asi se describe en el ALEH. La movilidad funcional entre mismo grupo profesional pero diferente area funcional esta permitida si es de manera ocasional. Si es de forma continua se requerira de causas organizativas, tecnicas etc.

O asi lo entiendo yo al menos
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Y además tener en cuenta el epígrafe de cotización por accidentes de trabajo, que si bien en este caso que comentas parece no haber problema, en otras combinaciones de funciones si puede llegar a tenerse en cuenta... y en todo caso es0 se solucionaría eligiendo el porcentaje superior
 

FERNANDO

Miembro conocido
Caslaboral: el movimiento entre categorías del mismo grupo proesional está permitido por la ley sin que sea obligado que haya razones de tipo organizativo. Entra dentro del ius variandi del empresario. El problema radica en que dentro del mismo grupo profesional entren categorías que nada tiene que ver con la otra. Y ahí es donde radica el problema: puedes cambiar a categorías inferiores por motivos organizativos, manteniendo el salario y durante un tiempo máximo. Ahora bien, si al inicio del contrato marcas que se desarrollarán tareas de oficial 1ª admvo. (que llevará el 80% del tiempo, con la categoría de auxiliar (que llevará el 15% restante) pues ahí no habría problema (lo encasillarás como oficial de 1ª, pero podrá desarrollar tareas de auxiliar amvo también. Es lo que se llama polivalencia funcional.
 
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