Buenos días
Empresa recibe embargo de la TGSS por importe de 350 euros de un trabajador
En el documento de la TGSS se indican los créditos y derechos que se declaran embargados: Dietas, indemnizaciones correspondientes a traslados, suspensiones o despidos y demás conceptos extrasalariales que deba abonar al deudor la persona o entidad pagadora
El trabajador no tiene Dietas, indemnizaciones correspondientes a traslados, suspensiones o despidos y demás conceptos extrasalariales que deba abonar al deudor la persona o entidad pagadora
El trabajador sí tiene un salario superior al SMI
Si no tiene los conceptos que se indican, ¿se debe practicar el embargo con el salario bruto del trabajador?
Gracias
Empresa recibe embargo de la TGSS por importe de 350 euros de un trabajador
En el documento de la TGSS se indican los créditos y derechos que se declaran embargados: Dietas, indemnizaciones correspondientes a traslados, suspensiones o despidos y demás conceptos extrasalariales que deba abonar al deudor la persona o entidad pagadora
El trabajador no tiene Dietas, indemnizaciones correspondientes a traslados, suspensiones o despidos y demás conceptos extrasalariales que deba abonar al deudor la persona o entidad pagadora
El trabajador sí tiene un salario superior al SMI
Si no tiene los conceptos que se indican, ¿se debe practicar el embargo con el salario bruto del trabajador?
Gracias