Encuadramiento mujer de administrador.

Buenos días,

En caso de una sociedad limitada, cuya participación esta dividida al 25% del capital a un hermano (administrador) y 75% al otro (accionista) entre los que no hay convivencia.

El administrador realiza funciones de dirección retribuidas, con 25% de capital, queda encuadrado por en el RETA.

Se da el caso de contratar a la conyuge del administrador como trabajadora por cuenta ajena de la sociedad, no va a realizar funciones de dirección de ningun tipo, meramente relación laboral, con nómina, transferencias, y funciones típicas de camarera.

Es correcta su encuadramiento en el Regimen General, ¿sin ninguna limitación? Como ella no tiene poder efectivo, ni porcentaje alguno de participación en la sociedad, y el marido tiene un 25% de acciones y es el administrador, no habría problema?

Segun el art. 305.2 b) apartado 3º de la LGSS el marido tendría control efectivo de la sociedad. Pero ese Art. es de aplicación al marido, mientras que el que aplica a ambos es el apartado primero, que entre los dos no suman el 50% que exige dicho apartado.

Muchas gracias.
 

toni

Miembro conocido
Buenos días,

En caso de una sociedad limitada, cuya participación esta dividida al 25% del capital a un hermano (administrador) y 75% al otro (accionista) entre los que no hay convivencia.

El administrador realiza funciones de dirección retribuidas, con 25% de capital, queda encuadrado por en el RETA.

Se da el caso de contratar a la conyuge del administrador como trabajadora por cuenta ajena de la sociedad, no va a realizar funciones de dirección de ningun tipo, meramente relación laboral, con nómina, transferencias, y funciones típicas de camarera.

Es correcta su encuadramiento en el Regimen General, ¿sin ninguna limitación? Como ella no tiene poder efectivo, ni porcentaje alguno de participación en la sociedad, y el marido tiene un 25% de acciones y es el administrador, no habría problema?

Segun el art. 305.2 b) apartado 3º de la LGSS el marido tendría control efectivo de la sociedad. Pero ese Art. es de aplicación al marido, mientras que el que aplica a ambos es el apartado primero, que entre los dos no suman el 50% que exige dicho apartado.

Muchas gracias.
RG
 
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