FIN DE LOS ERTES FUERZA MAYOR de MARZO 2020... ¿EL 9 DE MAYO?

MarLo

Miembro conocido
Hola. Quizás yo no lo haya entendido bien, porque algo de este calado y así publicado por la puerta de atrás no me parece normal. Hoy se ha publicado la Ley 3/2021. La disposición adicional primera dice que acabado el estado de alarma (9 de mayo), deben finalizar los ertes de fuerza mayor al amparo de la normativa del 17 de marzo. Es decir todos aquellos que se vienen prorrogando desde marzo, en los que debemos incluir, si no me equivoco, los de los CNAE especialmente afectados. ¿Alguién ha leído algo al respecto? Un saludo

Disposición adicional primera. Limitación de la duración de los expedientes temporales de regulación de empleo basados en las causas previstas en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo.​

La duración de los expedientes de regulación de empleo autorizados al amparo de las causas previstas en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, no podrá extenderse más allá del periodo en que se mantenga la situación extraordinaria derivada del COVID-19 de acuerdo con lo previsto en el artículo 28 de la misma norma, entendiéndose, por tanto, que su duración máxima será la del estado de alarma decretado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y sus posibles prórrogas.
 

toni

Miembro conocido
Hoy lo he leido y asi lo entiendo yo, porque tengo 2 ERTES de marzo del 2020 atravesaos ya... Que acabe el estado de alarma ya y fuera ERTES, que en mi caso le estan echando ya mucho morro...
 

DANI ML

Miembro conocido
Yo no creo que sea eso. Me da la sensación de que esta es una ley que viaja en el tiempo y ratifica puntos que en el pasado se legislaron como Decreto-Ley. Es como decir: "esto que es su momento y de manera urgente se legisló como Decreto-Ley, pasa a rango de Ley"
El estado de alarma al que se refiere no es el actual, sino el primero, con sus respectivas prórrogas. Recordemos que en su momento salió un decreto que limitaba esos expedientes a la duracion del estado de alarma. Este artículo ratifica la validez de aquella norma, pero no invalida los posteriores decretos en los que se han ido prorrogando los Erte al margen del estado de alarma, incluido el decreto que los ha prorrogado hasta el 31 de mayo
 

Ferinho

Miembro activo
Yo no creo que sea eso. Me da la sensación de que esta es una ley que viaja en el tiempo y ratifica puntos que en el pasado se legislaron como Decreto-Ley. Es como decir: "esto que es su momento y de manera urgente se legisló como Decreto-Ley, pasa a rango de Ley"
El estado de alarma al que se refiere no es el actual, sino el primero, con sus respectivas prórrogas. Recordemos que en su momento salió un decreto que limitaba esos expedientes a la duracion del estado de alarma. Este artículo ratifica la validez de aquella norma, pero no invalida los posteriores decretos en los que se han ido prorrogando los Erte al margen del estado de alarma, incluido el decreto que los ha prorrogado hasta el 31 de mayo
Estoy de acuerdo, es una ley que convalida un RD antiguo, los ERTES ya estan desvinculados del estado de alarma y prorrogados hasta el 31/05 por el RD 2/2021
 

MarLo

Miembro conocido
(y)(y) Pues yo me alegro, al revés de Toni (lo siento Toni), de vuestra interpretación... en mi situación quiero una transicción más suave, tengo hoteles y restaurantes que aún están aguantando el tirón con lo de marzo, y quizás con suerte con la temporada alta y sin restricciones (principios de junio) puedan sacar a todo el personal del erte, pero claro, ¿9 de mayo? ¿y así de sopetón? Me parece que tal cómo lo véis es lo correcto, fgarcia y dani. Un saludo y gracias
 

toni

Miembro conocido
Mi problema es que de los 4 ERTES que me quedan, 2 son de marzo de 2020 y en mi opinion ya no deberian estar, pueden trabajar perfectamente
al 100%, pero claro, les viene muy bien seguir. Yo les digo que estan estirando demasiado el chicle, pero bueno, que no hay manera de convercerlos. He dicho que es mi problema, pero pensandolo bien, no es mio, es suyo, pero las inspecciones me las trago yo y lo que mas me jode (con perdon ) es tener que defender lo indefendible...
 

MarLo

Miembro conocido
He visto cierto debate doctrinal sobre este tema a favor y en contra de interpretar que los ertes de marzo acaban el 9 o el 31 de mayo. Por si es de vuestro interés, una compañera ha preguntado a la seguridad social y lo que le han contestado es lo que otros ya habéis interpretado más arriba: “Lo que se ha publicado en el BOE del pasado día 13 de abril como Ley 3/2021 de 12 de abril, no es sino la tramitación como proyecto de ley del Real Decreto Ley 9/2020 de 27 de marzo. En este sentido, la alusión que hace a la terminación del estado de alarma, va referida al primer estado de alarma del pasado año 2020, siendo un plazo que ha sido prorrogado con posterioridad”

Lo podéis leer aquí: https://sincrogo.com/blog/actualida...de-mayo-la-ss-nos-confirma-que-el-31-de-mayo/

Otra explicación, también reciente, que dice todo lo contario es esta: https://ignasibeltran.com/2021/04/1...020-finalizaran-automaticamente-el-7-de-mayo/

Por la inseguridad que ha generado la redacción de esta nueva Ley del 13 de abril, supongo que en la próxima semana se aclarará definitivamente este tema.
 

PEDRO

Miembro conocido
Pero en el artículo de Ingnasi Beltrán al final hay un enlace a una consulta realizada a la Dirección General de Trabajo que responde que los ERTEs hasta el 31-05.
 

Archivos adjuntos

  • CONSULTA DGTRABAJO.pdf
    240,6 KB · Visitas: 12

FERNANDO

Miembro conocido
Ni queriendo se puede legislar peor.... Y luego, el otro, dice que tenemos a la mejor ministra de trabajo del mundo mundial....
 

PEDRO

Miembro conocido
Ni queriendo se puede legislar peor.... Y luego, el otro, dice que tenemos a la mejor ministra de trabajo del mundo mundial....
Se puede entender imprecisión e improvisación al inicio de la pandemia, pero es que seguimos igual o peor. Luego vendrán sanciones por la comisión de infracciones en las cuales tuvimos que tomar una decisión sin tener una norma clara por la que dirigirnos.
 

MarLo

Miembro conocido
Pero en el artículo de Ingnasi Beltrán al final hay un enlace a una consulta realizada a la Dirección General de Trabajo que responde que los ERTEs hasta el 31-05.
Gracias, Pedro. Es una nota posterior al artículo y hasta ahora se me había pasado. Gracias también por subir el documento al que yo no tenía acceso en Linkedin. Parece que esto se está aclarando y que todo apunto al 31/05 pero no deja de ser un problema que se legisle de esta manera. Presión y más estrés. Y con la mosca aún detrás de la oreja. Yo tuve una semana a los clientes afectados pidiéndome soluciones... llamando a abogados que les aconsejan dar pasos nuevos porque según ellos en interpretación rigurosa el erte de marzo se acaba el 9 de mayo
 

PEDRO

Miembro conocido
Pero esto no acaba para nosotros, pues si el Gobierno no prorroga el estado de alarma y finaliza 9, aunque hayan prorrogado los ertes si no hay restricciones y limitaciones dejarán de ser efectivos.
 

MarLo

Miembro conocido
Pero esto no acaba para nosotros, pues si el Gobierno no prorroga el estado de alarma y finaliza 9, aunque hayan prorrogado los ertes si no hay restricciones y limitaciones dejarán de ser efectivos.
Buena observación. Sobre todo hoteles. Si ya decae la posibilidad de que las comunidades autónomas hagan cierre perimetral o toque de queda (que entiendo puede afectar a cierto tipo de desplazamiento por vacaciones), donde no exista esto hay que ver qué restricciones tienen por normativa. Actualmente en mi comunidad 50% cierre de zonas comunes: lo que no es posible ya sólo con las zonas comunes limitadas, si se levanta el cierre perimetral, es dejar a todo el personal tal y como está sin cambios...
 

PEDRO

Miembro conocido
Buena observación. Sobre todo hoteles. Si ya decae la posibilidad de que las comunidades autónomas hagan cierre perimetral o toque de queda (que entiendo puede afectar a cierto tipo de desplazamiento por vacaciones), donde no exista esto hay que ver qué restricciones tienen por normativa. Actualmente en mi comunidad 50% cierre de zonas comunes: lo que no es posible ya sólo con las zonas comunes limitadas, si se levanta el cierre perimetral, es dejar a todo el personal tal y como está sin cambios...
Veremos a ver, porque improvisan sobre la marcha para todo y sacarán un real decreto ley a última hora para volvernos locos a todos.
 
Arriba