INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL PERO SIN PRESTACION

VaneAlon

Miembro conocido
Buenos días,

Nos ha llegado resolución del INSS de una trabajadora que estaba de baja a la cual el equipo de valoración de incapacidades la califica como trabajadora incapacitada permanentemente en grado TOTAL, pero no tiene derecho a la prestación porque no tiene carencia.

Entiendo que la empresa le puede dar de baja sin ningún tipo de problema, no ?

Un saludo.
 

FERNANDO

Miembro conocido
No lo veo claro. En primer lugar, debes intentar recolocar al trabajador. Si no puedes, pues aquí topamos con legislación internacional, que habla de indemnizaciones resarcitorias. La misma, puede existir en caso de que haya una prestación pero, si no la hay, no descartaría que un tribunal ordenase indemnización para el trabajador (basándose en la carta social europea, art. 24). Desde luego que el trabajador te la puede pedir si das por terminada la relación laboral.
 

CARMELA

Miembro
De momento la normativa no recoge la obligación de recolocar al trabajador con IP total, aunque si que puede exigirla en base a la jurisprudencia europea. El TJUE considera que se debería obligar al empresario a verificar que no puede recolocar al trabajador en otro puesto compatible con sus dolencias si la IP es total y no absoluta o gran invalidez. Yo creo (a la espera del cambio normativo) que lo que se debería hacer es:
-Hablar con el trabajador para ver si quiere ser recolocado en la empresa
- Si quiere, la empresa debe estudiar según el GP y conocimientos si existe algún puesto que pudiera desempeñar
-Si existe puesto, con carácter previo, debería pasar un reconocimiento medico previo para evaluar si es apto
-Si no existe puesto la empresa lo debería justificar
 

Mafaldasur2

Miembro activo
La BAJA es por SUSPENSIÓN, no extintiva. Además en la propia resolución llega clarito la fecha que pasa a IPT y la causa que tenemos que indicar 085.
 
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