imposible13
Nuevo miembro
Buenas tardes. sobre complemento de prestación de incapacidad temporal y pagas extras. Em convenio de servicio de atención a personas dependientes dice:
Gratificaciones extraordinarias: Se abonarán dos pagas extraordinarias, con devengo semestral, equivalentes a una mensualidad de salario base, más antigüedad, la primera con devengo del 1 de diciembre al 31 de mayo y abono el día 15 de junio y la segunda con devengo de 1 de junio al 30 de noviembre y abono el día 15 de diciembre.
Artículo 47. Compensación por incapacidad temporal en accidente de trabajo y/o enfermedad profesional. En caso de incapacidad temporal por accidente laboral y/o enfermedad profesional, y en la empresa complementará la prestación económica que la persona trabajadora perciba de la Seguridad Social en los siguientes porcentajes, durante los tramos que igualmente se indican, y en todo caso como máximo hasta la finalización de la relación laboral…. “Hasta el 100% del salario”.
Que opináis: ¿la empresa tiene que complementar las pagas extraordinarias en caso de incapacidad temporal derivada de accidente laboral?. Gracias por vuestras opiniones.
Gratificaciones extraordinarias: Se abonarán dos pagas extraordinarias, con devengo semestral, equivalentes a una mensualidad de salario base, más antigüedad, la primera con devengo del 1 de diciembre al 31 de mayo y abono el día 15 de junio y la segunda con devengo de 1 de junio al 30 de noviembre y abono el día 15 de diciembre.
Artículo 47. Compensación por incapacidad temporal en accidente de trabajo y/o enfermedad profesional. En caso de incapacidad temporal por accidente laboral y/o enfermedad profesional, y en la empresa complementará la prestación económica que la persona trabajadora perciba de la Seguridad Social en los siguientes porcentajes, durante los tramos que igualmente se indican, y en todo caso como máximo hasta la finalización de la relación laboral…. “Hasta el 100% del salario”.
Que opináis: ¿la empresa tiene que complementar las pagas extraordinarias en caso de incapacidad temporal derivada de accidente laboral?. Gracias por vuestras opiniones.