Buenos días, tengo un trabajador que se jubila voluntaria y anticipadamente con 63 años, el convenio de la hostelería recoge una indemnización de 3 mensualidades, no es un premio, es una indemnización por vinculación al sector.
Dicha indemnización esta exenta de cotización a la seguridad social y al irpf?, porque he visto en algunos sitios que hay que cotizarla y tributarla y he visto la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, de 15 de septiembre de 1992, estableciendo que el premio de permanencia no podía incluirse en la base de cotización al tratarse de una indemnización otorgada al jubilarse.
Habéis tenido algún caso igual que habéis hecho?
Un saludo
Dicha indemnización esta exenta de cotización a la seguridad social y al irpf?, porque he visto en algunos sitios que hay que cotizarla y tributarla y he visto la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, de 15 de septiembre de 1992, estableciendo que el premio de permanencia no podía incluirse en la base de cotización al tratarse de una indemnización otorgada al jubilarse.
Habéis tenido algún caso igual que habéis hecho?
Un saludo