Indemnización fin contrato de relevo en subrogación

Triqui

Miembro
Buenos días:

Tenemos el caso de una contrata de limpieza que es reemplazada por otra. ¿La trabajadora con contrato de relevo ha de percibir el importe de la indemnización por el tiempo transcurrido o es la nueva empresa quien asume la antigüedad? Entiendo que cobrará de la empresa cesante tanto vacaciones como liquidación de pagas, pero mi duda surge con la indemnización por fin de contrato temporal.

Saludos
 

FERNANDO

Miembro conocido
Habría que ver qué dice el convenio en cuestión. En todo caso, si nada dice, entiendo que es la nueva empresa la que pagará todo: indemnización de fin de contrato, vacaciones, extra y parte proporcional de nómina la nueva empresa. Otra cosa es que, ésta, exija a la antigua empresa la proporción que le toque, pero no veo yo aquí liquidación alguna.
 

Mr. White

Miembro activo
Si el Convenio no obliga a subrogar entiendo que la empresa nueva no tiene que pagar nada, y la empresa que sale le tocará abonar la indemnizaciòn por fin de contrato por obra o servicio, además del finiquito

Si el Convenio sí obliga a subrogar, habrá que estar a los propios términos del Convenio.

 

FERNANDO

Miembro conocido
En los convenios de limpieza se establece la subrogación obligatoria en camso de cambio de contrata.
 
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