Jornada laboral

Andova

Nuevo miembro
Saludos, en estos momentos me encuentro negociando con la empresa en la que trabajo la mejora de los pluses y descansos entre jornadas. Se trata de una empresa en la que constantemente se hace uso de las horas extras, en ocasiones con jornadas maratonianas terminando incluso al día siguiente. La cuestión es que los trabajadores queremos tener las 12 horas de descanso entre jornadas, que ahora mismo sólo tenemos 8, la empresa nos aprueba las 12 horas de descanso pero queriendo que cumplamos con las 8 horas de jornada del día siguiente, sea cual sea la hora de incorporación, cuando nuestra jornada normal es de 7:00 a 15:00. Por ejemplo si terminamos a las 22:00H la incorporación sería a las 10:00H, y la jornada de 10:00H a 18:00H, ante lo que estamos en contra. Actualmente, si te tienes que incorporar a las 10:00H, estamos echando la jornada hasta las 15:00H, y es lo que queremos continuar haciendo, alguien me podría asesorar sobre quien tiene razón, gracias de antemano.
 

africallora

Miembro conocido
Buenas @Andova

Además de peligroso, es ilegal trabajar más de 12 horas al día. Dentro de esta jornada se han de incluir las horas extras. No veo el porqué de la discusión.

Un empleado puede trabajar 8 horas + 4 HE ó 9 horas +3 HE al día hasta completar sus 40 horas semanales + las 80 horas extras que permite al año el E.T.

La ley solo permite alterar el descanso de 12 horas entre jornadas por dos motivos: por que sea un trabajo a turnos, donde se puede reducir a 7 horas en los cambios de turno, o porque el trabajador haya tenido que hacer horas extras de fuerza mayor. (Las horas de guardia, en su ejemplo, no proceden).

Un convenio que no respete dichas horas de descanso, iría en contra del E.T. y en contra la ley de PRL. Sería invalidado por un Juzgado de lo Social.

Dicho esto, el empresario y usted pueden negociar lo que quieran: semanas de horas irregulares –45 hrs. una y 35 hrs. otra, según la necesidad de la empresa–, el precio de las HE, los descansos compensatorios por las HE, que pueden ser inferiores a 4 meses, si así lo acuerdan, pluses…, etc., etc.

Aunque, sinceramente, lo que creo que necesitan no es un convenio nuevo. Es más plantilla. Solicítenlo.

Saludos
 

Andova

Nuevo miembro
Gracias por la respuesta.

Sabemos de sobra de la ilegalidad de nuestras jornadas, la duda es de la obligatoriedad de cumplir las 8 horas de supuesta jornada diaria a pesar de la cantidad de horas extras que se realizan, incluso llegando a hacernos incorporar después de las 12 horas de descanso, fuera del horario normal.
 

africallora

Miembro conocido
la duda es de la obligatoriedad de cumplir las 8 horas de supuesta jornada diaria a pesar de la cantidad de horas extras que se realizan,

Sínceramente, no sé porqué llegan a esta situación. Las horas extras son voluntarias, salvo pacto en convenio colectivo o en contrato individual. Y las de fuerza mayor.

Niéguese a hacer tantas. O, mejor aún, no haga ninguna si no tiene ese compromiso. Es tan simple como eso.

El art. 34.6 del ET, le responde a lo de la joranada.

Que descanse...
 
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