Jubilación activa RETA. Nuevo criterio

cuenca

Nuevo miembro
Por si interesa, se veía venir.
https://laboralpensiones.com/jubilacion-activa-reta-novisimo-criterio/
 

pajarillo

Miembro conocido
Hola, ¿donde puede obtenerse ese criterio?, en el portal de la transparencia no está publicado, o yo no lo he encontrado.

1.- Solo para autónomos PERSONA FÍSICA que contrate o tenga contratado a un trabajador por
cuenta ajena, incluso a tiempo parcial sin mínimo de jornada establecido.

¿Cual es la novedad aquí?, esa era la interpretación en los anteriores criterios. ¿Será que aclara que los autónomos societarios, aunque tengan otra actividad como autónomos persona física y con trabajadores a su cargo, no pueden acceder a la jubilación activa plena por el 100%?.

Lo de la empleada de hogar lo entiendo, ya que el empleador de hogar no tiene una actividad censal.
 

PEDRO

Miembro conocido
Os dejo el enlace en relación a este tema que se ha producido en Oviedo y que tendrá trascendencia:

https://www.lne.es/oviedo/2018/07/18/autonomo-jubilado-empresa-logra-pension/2320173.html
 

AFG

Miembro
¿Dónde se puede conseguir este criterio de la Seguridad Social?
Lo he buscado en su página y no consigo encontrarlo

 

FERNANDO

Miembro conocido
Esto es un lío. Menos mal que dicen que no reestudiarán lo ya concedido (societario que contrata a la empreada del hogar).
 

Ro

Miembro activo
Es un nuevo criterio, lo tienen en el propio Inss ( los funcionarios)...esto se veía venir, era ilógico que por una empleado/a de hogar se pudiese beneficiar un reta en su actividad...
Menos mal que los hechos, hecho están, comparto Fernando.
Nos vuelven locos con tanto criterio para aquí y para allá...
 

FERNANDO

Miembro conocido
Estoy contigo. Pero lo que no puede ser es interpretaciones peregrinas que luego se repiensan. Nos vuelven locos y nos dejan mal con nuestros clientes o con la dirección de nuestras empresas.
Eso sí, el administrador societario que tenga contratada empleada de hogar, mejor que no la dé de baja nunca... O perderá el 50% adicional para siempre (como dice Meg Ryan a Goose en Top Gun, más o menos).
 

pajarillo

Miembro conocido
El único medio para conseguir los criterios es hacer una solicitud al Portal de la Transparencia

http://transparencia.gob.es/transparencia/transparencia_Home/index/Derecho-de-acceso-a-la-informacion-publica/Solicite-informacion.html.

Los criterios publicados se pueden ver en:

http://transparencia.gob.es/servicios-buscador/buscar.htm?categoria=otros&categoriasPadre=normativa&ente=E04921501&lang=es&historico=false&orderBy=fechaPublicacion&or=DESC

Estos criterios publicados no lo han sido porque sí. Ha tenido que ser un ciudadano el que activamente ha solicitado el mismo al Portal de la Transparencia, (si es que conoce de la existencia de ese criterio), o ha mostrado un interés legítimo en conocer cual es el criterio de la Administración en un tema concreto. Yo planteé una solicitud el año pasado, y tardaron 2 meses en enviarme la información que solicitaba, después de eso, fué pública en el Portal. Animo a todos a solicitar al Portal toda la información que creamos conveniente, así el cuerpo de criterios, instrucciones, interpretaciones, etc públicos (en el sentido de publicados) irá creciendo.

pd. Me indigna que los fiscalistas solo tengan que hacer un clic en https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Normativa_criterios_interpretativos.shtml y los laboralistas tengamos que ir a ciegas, haciendo malabares para saber como va a actuar la Administración en cada caso.
 

AFG

Miembro
No encuentro en el portal de Transparencia, ningún criterio publicado que hable de esta modificación.
El Criterio de Gestión 1/2018 (Habla de maternidad),que se indica no veo que hable de Jubilación.
¿Alguien ha conseguido descargarlo?
¿Es otro número?
 

cuenca

Nuevo miembro
No es el criterio, pero al menos es oficial http://prensa.empleo.gob.es/WebPrensa/noticias/seguridadsocial/detalle/3327
 

AFG

Miembro
Gracias Cuenca. No lo encontraba en ningún sitio.
Esto pasa por no hacer las leyes claras y nos obligan a estar pendientes de los cambios de criterio
 

pajarillo

Miembro conocido
Acabo de hablar con el tlf de información de la seguridad social. Y un funcionario me ha recitado las instrucciones que tienen sobre la jubilación activa plena, y dice que los autónomos societarios SI pueden acceder a la jubilación activa mientras contraten a un trabajador por cuenta ajena por una actividad distinta e independiente de la de la sociedad.

Yo ya no sé qué pensar.

El criterio de julio está aquí http://transparencia.gob.es/servicios-buscador/contenido/normativaconsulta.htm?id=NORMAT_E0014260315190&lang=es&fcAct=2018-09-10T09:46:33.502Z
 

FERNANDO

Miembro conocido
Nos van a volver locos con los criterios. En todo caso, si tenías contratada empleada del hogar y derecho al 100% de la pensión hasta ahora, no se revisará dicha concesión. Sólo faltaría.
 
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