Es que kilometraje y viaje en AVE... (y encima comprado por la empresa)...
Eso no casa.
El kilometraje compensa el uso del vehículo particular (o de un vehículo no facilitado por la empresa. Si la empresa te facilita el vehículo, ya sea de propiedad de la empresa, renting, alquiler... en todo caso se podrá pasar los gastos de combustible, peajes, parking..., pero no kilometraje).
Si usas un vehículo particular (o no facilitado, por el medio que sea, por la empresa), entonces si que pasas kilometraje (por el importe que pueda fijar , en su caso, el convenio o, de ser más favorable, la política de gastos de empresa). Y además peajes y parking (se supone que el kilometraje compensa tanto el combustible, a cargo del trabajador, como el desgaste, mantenimiento, etc por el uso del vehículo particular.
Todo ello siempre que se trate de desplazamientos por motivo de trabajo y a lugar distinto al del propio centro de trabajo, claro.
Si el trabajador se desplaza mediante un medio de transporte público (tren, avión, taxi...) y compra él el billete, será cuestión de que se facture a nombre de la empresa y lo pase como gastos (y entonces tampoco hay kilometraje, claro).
Y las dietas... pues podrán ser compatibles con el kilometraje. Compensan otras cosas, la manutención y estancia (por motivos de trabajo y a localidades distintas a las del centro de trabajo y dimicilio del trabajador, al menos para que estén exentas y hasta los límites fijados por la norma).
Pero si es la empresa la que paga las facturas... pues entonces no hay dietas (o se pasan dietas sin acreditar gastos, pero sí desplazamiento, o se factura a nombre y cargo de la empresa).