Nómina autónomo familiar colaborador de persona física/societario.

Ev@

Nuevo miembro
Hola!!!, quería haceros una consulta, he dado de alta a autónomos tanto familiar colaborador de sociedad mercantil (pensé que no se podía pero me lo han admitido en Seguridad Social, no se si es porque se equipara al familiar de autónomo persona física siempre y cuando se elija la base mínima) como a familiar colaborador de autónomo persona física, para ambos me ha cogido la tarifa plana. Mi duda surge si la nomina que tienen no debe ser superior al tramo al que corresponde, debería tener una base de 1000€ o si por el contrario podría llegar a los 1300 del limite superior del tramo.
No se si me podéis aclarar, en principio yo entiendo que se puede dentro del tramo hasta 1300€ y si fuera así, el 2º año ya no disfrutaría de la tarifa plana y si por el contrario se mantiene en el mínimo tendría derecho a 12 mese mas?
Os agradezco de antemano las respuestas.
Un saludo.
 

PEDRO

Miembro conocido
Si no me confundo con la tarifa plana no hay regularización, por que entiendo por cobrar puede cobrar lo que quiera. Ahora, como bien dices, si los rendimientos has superado el SMI no va a tener derecho.
 
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Ev@

Nuevo miembro
Si no me confundo con la tarifa plana no hay regularización, por que entiendo por cobrar puede cobrar lo que quiera. Ahora, como bien dices, si los rendimientos has superado el SMI no va a tener derecho.
Gracias Pedro. Pero durante el primer año cobre lo que cobre dentro del tramo continuaría con la tarifa plana? Esa es mi duda
 

PEDRO

Miembro conocido
Ahora mismo no recuerdo el artículo, pero cuando habla de la regulación estipula que excluye a la tarifa.
 

VILA100

Miembro conocido
No se si me podéis aclarar, en principio yo entiendo que se puede dentro del tramo hasta 1300€ y si fuera así, el 2º año ya no disfrutaría de la tarifa plana y si por el contrario se mantiene en el mínimo tendría derecho a 12 mese mas?
Yo pienso igual, pero espera a ver otras opiniones
salu2
 

MarLo

Miembro conocido
Gracias Pedro. Pero durante el primer año cobre lo que cobre dentro del tramo continuaría con la tarifa plana? Esa es mi duda
en las tarifas planas nuevas, durante el primer año no se regulariza sean cuales sean los ingresos. Es a partir del segundo año, que se pierden si se supera el SMI

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ROGMZ

Miembro
Hola!!!, quería haceros una consulta, he dado de alta a autónomos tanto familiar colaborador de sociedad mercantil (pensé que no se podía pero me lo han admitido en Seguridad Social, no se si es porque se equipara al familiar de autónomo persona física siempre y cuando se elija la base mínima) como a familiar colaborador de autónomo persona física, para ambos me ha cogido la tarifa plana. Mi duda surge si la nomina que tienen no debe ser superior al tramo al que corresponde, debería tener una base de 1000€ o si por el contrario podría llegar a los 1300 del limite superior del tramo.
No se si me podéis aclarar, en principio yo entiendo que se puede dentro del tramo hasta 1300€ y si fuera así, el 2º año ya no disfrutaría de la tarifa plana y si por el contrario se mantiene en el mínimo tendría derecho a 12 mese mas?
Os agradezco de antemano las respuestas.
Un saludo.
Hola Buenas, aprovechando el hilo de tu conversación, me surge el siguiente caso: nunca he dado de alta a un autonónomo familiar de socio (hijo), estoy empezando. Entonces, al realizar el alta aparecía varias opciones, según captura adjunta, cual sería la opción correcta? agradecería que me indicaras los pasos concretos porque entiendo que se debe aportar documentación al respecto. Muchas Gracias, Un saludo.
 

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Labor06

Nuevo miembro
Hola!!!, quería haceros una consulta, he dado de alta a autónomos tanto familiar colaborador de sociedad mercantil (pensé que no se podía pero me lo han admitido en Seguridad Social, no se si es porque se equipara al familiar de autónomo persona física siempre y cuando se elija la base mínima) como a familiar colaborador de autónomo persona física, para ambos me ha cogido la tarifa plana. Mi duda surge si la nomina que tienen no debe ser superior al tramo al que corresponde, debería tener una base de 1000€ o si por el contrario podría llegar a los 1300 del limite superior del tramo.
No se si me podéis aclarar, en principio yo entiendo que se puede dentro del tramo hasta 1300€ y si fuera así, el 2º año ya no disfrutaría de la tarifa plana y si por el contrario se mantiene en el mínimo tendría derecho a 12 mese mas?
Os agradezco de antemano las respuestas.
Un saludo.
Hola, el autónomo colaborador, si no voy equivocada, no tiene derecho a la tarifa plana, tiene una bonificación de 24 meses en cuota con dos tramos de porcentajes pero distinta a la tarifa plana. Y entiendo que debe tener una base mínima de 1000 pero puede tener una superior, la bonificación igualmente se aplicará sobre la base mínima. Creo que es así, a ver si alguien confirma.
 

JAVIER RAMIREZ

Nuevo miembro
buenas tardes, efectivamente el autónomo colaborador no tiene tarifa plana, pero tiene una bonificación, creo que 50 % contingencias comunes 18 meses, y después otros 6 meses, creo que el 30 %, no me hagáis mucho caso, pero es algo así, pues tengo algunos hechos. En cuanto a la base de cotización, lo de la base de 1.000 euros, creo que os confundís con la BASE MINIMA DE UN AUTONOMO SOCIETARIO con el nuevo sistema por rendimientos desde 2023, pero puede tener una base más alta, si por ejemplo, trabaja realmente y tiene una NOMINA MÁS ALTA, y por consiguiente, si sus rendimientos son mayores, pues le corresponde el tramo de bases que corresponda a sus rendimientos netos. Más o menos es así.
 
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