Me acaba de llegar....como siempre "fastidiando y jorobándonos" , ya no saben que hacer para que estemos trabajando y recalculando SIEMPRE y en vacaciones (acordarse de las navidades con la cotización a finales de diciembre y los CRA) :'( 
Buenas tardes,
Hacienda ya ha publicado en su página web el algoritmo de cálculo IRPF que pueden consultar aquí: http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Retenciones.shtml
La AEAT no tendrá disponible el programa de retenciones en su web hasta el jueves 16/07.
Notas sobre el cambio (como afectará a las aplicaciones A3 Software):
- Una vez instalada la versión de su aplicación de nómina (aún no disponible) con el nuevo algoritmo no podrá calcular con el algoritmo antiguo (Si calculase el IRPF de 01/2015 se calcularía con el nuevo cálculo. Esto es correcto)
- Según el RD el cambio se produce el 12/07/2015.
- La nueva tabla publicada es vigente de enero a diciembre del 2015: Se tiene que regularizar al trabajador todo lo percibido en el año 2015. No sólo lo percibido de julio a diciembre.
- Esta ley indica que se puede regularizar en julio y si no fuera posible en agosto.
- Se marcará el indicador de aplicar regularización por otras causas en la regularización de julio o de agosto si no se aplicó el mes anterior.
- Profesionales: Cambia el tipo a mitad de mes. Si el profesional tiene dos facturas con ambos tipos se deberán crear dos fichas.
Aunque tengamos la versión de nómina correcta con la nueva forma de calcular la retención, no se podrá hacer comparativas del cálculo hasta que Hacienda publique su programa de retenciones.
Cambios del RD en el IRPF:
En trabajadores clave A:
Modificación de la tabla de IRPF:
BASE hasta Cuota Resto BASE hasta Porcentaje
0,00 0,00 12.450,00 19,50
12.450,00 2.427,75 7.750,00 24,50
20.200,00 4.326,50 13.800,00 30,50
34.000,00 8.535,50 26.000,00 38,00
60.000,00 18.415,50 En adelante 46,00
Regularización en nóminas de julio o agosto, a opción de la empresa.
Regularización por Otras causas
Otras claves <> a la A:
o Clave E Consejeros: Igual = 37%
o Clave E Consejeros (según retribución): Antes 20% - Ahora 19,5%
o Clave F Cursos: Antes 19% - Ahora 15%
o Atrasos: Igual = 15%
En profesionales:
Clave G 01: Antes 19% Ahora 15%
Clave G 03: Antes 9% Ahora 7%
Resto claves (H-I-J): se mantienen los porcentajes
Buenas tardes,
Hacienda ya ha publicado en su página web el algoritmo de cálculo IRPF que pueden consultar aquí: http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Retenciones.shtml
La AEAT no tendrá disponible el programa de retenciones en su web hasta el jueves 16/07.
Notas sobre el cambio (como afectará a las aplicaciones A3 Software):
- Una vez instalada la versión de su aplicación de nómina (aún no disponible) con el nuevo algoritmo no podrá calcular con el algoritmo antiguo (Si calculase el IRPF de 01/2015 se calcularía con el nuevo cálculo. Esto es correcto)
- Según el RD el cambio se produce el 12/07/2015.
- La nueva tabla publicada es vigente de enero a diciembre del 2015: Se tiene que regularizar al trabajador todo lo percibido en el año 2015. No sólo lo percibido de julio a diciembre.
- Esta ley indica que se puede regularizar en julio y si no fuera posible en agosto.
- Se marcará el indicador de aplicar regularización por otras causas en la regularización de julio o de agosto si no se aplicó el mes anterior.
- Profesionales: Cambia el tipo a mitad de mes. Si el profesional tiene dos facturas con ambos tipos se deberán crear dos fichas.
Aunque tengamos la versión de nómina correcta con la nueva forma de calcular la retención, no se podrá hacer comparativas del cálculo hasta que Hacienda publique su programa de retenciones.
Cambios del RD en el IRPF:
En trabajadores clave A:
Modificación de la tabla de IRPF:
BASE hasta Cuota Resto BASE hasta Porcentaje
0,00 0,00 12.450,00 19,50
12.450,00 2.427,75 7.750,00 24,50
20.200,00 4.326,50 13.800,00 30,50
34.000,00 8.535,50 26.000,00 38,00
60.000,00 18.415,50 En adelante 46,00
Regularización en nóminas de julio o agosto, a opción de la empresa.
Regularización por Otras causas
Otras claves <> a la A:
o Clave E Consejeros: Igual = 37%
o Clave E Consejeros (según retribución): Antes 20% - Ahora 19,5%
o Clave F Cursos: Antes 19% - Ahora 15%
o Atrasos: Igual = 15%
En profesionales:
Clave G 01: Antes 19% Ahora 15%
Clave G 03: Antes 9% Ahora 7%
Resto claves (H-I-J): se mantienen los porcentajes