Buenas tardes, el convenio de construccion de Madrid establece un periodo de prueba para personal operario de 15 días, y para un encargado de 1 mes, creo que al igual que el Convenio General, pero en el punto anterior establece que para los empleados de los niveles XI a X, son dos meses.
Yo parto de que si a un encargado le puedo poner un mes, pues a un oficial de 1ª le puedo aplicar 15 días, no más. Pues entiendo que es personal operario.
El caso es que tengo un cliente que me quiere echar a los leones, por haber puesto 15 días
¿Estoy interpretando mal el convneio? ¿Qué haceis vosotros?
Muchas gracias
Yo parto de que si a un encargado le puedo poner un mes, pues a un oficial de 1ª le puedo aplicar 15 días, no más. Pues entiendo que es personal operario.
El caso es que tengo un cliente que me quiere echar a los leones, por haber puesto 15 días
¿Estoy interpretando mal el convneio? ¿Qué haceis vosotros?
Muchas gracias