Publicación BNR 2/2023

FERNANDO

Miembro conocido
¿Alguien lo puede visualizar ya? Yo, aún no.

Habla de identificación de empresas ya existentes.
 

Nana

Miembro conocido
Hay veces que lo publican y luego se borra y aparece mágicamente al día siguiente ;)
 

MarLo

Miembro conocido
aún no tuve tiempo de leerme el 1/2023 y ya nos endiñan el miniboe 02/2023 (adjunto)
 

Archivos adjuntos

  • BNR+02-2023.pdf
    443,2 KB · Visitas: 51

Inma.2

Miembro activo
está visto que quieren que les hagamos de nuevo la base de datos completa de empresas, autónomos...... a mi no me da la vida... de verdad, la gestión de estos datos requiere de un tiempo que al menos yo no sé de donde voy a sacar.... es un sin parar:mad::mad::mad:
 

MarLo

Miembro conocido
Los autorizados red como servicio externalizado gratuíto. Como vieron que les salimos baratos con los ertes fuerza mayor tramitando todo lo que el sepe, inss, tgss no hizo o no quiso hacer, pues... Esto funciona así.
 

Ignatius

Miembro activo
Soy el único que tiene unas cuantas SL sin autónomo ??

SL de hace muchos muchos años; que ni se tocan, para no tener que aportar escritura (ejemplo, solicitar un CCC secundario: ni hablar).
Y que con este fichero, ya hemos llegado al FIN . Y sobre todo, que caerán 4 años de boletines con el 20% recargo
 

AnaZ

Miembro activo
Segun he leido en ese mismo boletin

REAL DECRETO 504/2022. CLASIFICACIÓN NACIONAL DE OCUPACIONES
Como continuación a lo informado en el BNR 01/2023, se comunica que para los trabajadores que estuvieran de alta con anterioridad al 02.01.2023, se puede comunicar la información correspondiente al nuevo campo OCUPACIÓN C.N.O., a través de la funcionalidad CAMBIO DE CLASIFICACIÓN NACIONAL DE OCUPACIÓN, tanto en la modalidad de on-line como de remesas. En este supuesto, independientemente de cuando se realice esta primera anotación, la FECHA DE CAMBIO -campo FECHA REAL del fichero AFI- deberá ser, en todo caso, 02.01.2023.


Entonces esto qué significa exactamente? que debemos enviar los cnaes de todos los trabajadores de alta anteriores a 02/1/23? o sea los trabajadores de todas la empresa enteras y que todavia estan de alta?



Yo lo que no acabo de entender es como no paran de meternos caña y nosotros a tragar.... todo el colectivo....
 

AnaZ

Miembro activo
Bueno y ni te digo con los partes de baja, que pongamos PUESTO DE TRABAJO (esto es bastante razonable) y descripcion de funciones desempeñadas.... toma ya....
si ya nos costara adivinar que existe una baja (con nuestra bola de cristal entrando a ver si hay o no fie etc), ademas tres dias para mecanizarlo y ademas con esto de las funciones...pa morirse
 

FERNANDO

Miembro conocido
Creo que la funcionalidad aún no está creada en RED.

En cuanto a los autónomos, ¿no hay preparado nada para comunicar los datos que hemos de comunicar hasta 31-10?
 

pajarillo

Miembro conocido
Entiendo que es "posible" enviar el CNO para las altas desde el 02-01-2023, pero que será obligatorio a partir de las altas que se comuniquen desde el 15-02-2023.

Me parece que es optativo para las altas desde el 02-01-203 al 14-02-2023.
 

MarLo

Miembro conocido
Segun he leido en ese mismo boletin

REAL DECRETO 504/2022. CLASIFICACIÓN NACIONAL DE OCUPACIONES
Como continuación a lo informado en el BNR 01/2023, se comunica que para los trabajadores que estuvieran de alta con anterioridad al 02.01.2023, se puede comunicar la información correspondiente al nuevo campo OCUPACIÓN C.N.O., a través de la funcionalidad CAMBIO DE CLASIFICACIÓN NACIONAL DE OCUPACIÓN, tanto en la modalidad de on-line como de remesas. En este supuesto, independientemente de cuando se realice esta primera anotación, la FECHA DE CAMBIO -campo FECHA REAL del fichero AFI- deberá ser, en todo caso, 02.01.2023.


Entonces esto qué significa exactamente? que debemos enviar los cnaes de todos los trabajadores de alta anteriores a 02/1/23? o sea los trabajadores de todas la empresa enteras y que todavia estan de alta?



Yo lo que no acabo de entender es como no paran de meternos caña y nosotros a tragar.... todo el colectivo....
yo creo que este caso concreto puede ser el que nos lleve menos tiempo mecanizar si dejan hacerlo por remesas. tendrá que ser el proveedor de nuestro programas de laboral el que nos ponga la herramienta, como cuando tuvimos que comunicar los números de cuenta de los CCC y pudimos hacerlo de una tacada mandando un sólo archivo. El envío sería rápido. Lo que puede llevarnos más tiempo es comprobar que todos los CNO están en su sitio y son los correctos.
 

toni

Miembro conocido
De perdidos al rio... Yo poco a poco, a ratos voy metiendo, lo de "se puede comunicar" da para un par de interpretaciones...
 
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