Gracias Fundación, me envian ésto desde extranjería.
Hasta el mismo trabajador está asombrado porque la ha renovado otras veces y siempre venia el pago a su nombre.
Pues si es así, nos pensaremos contratar extranjeros ya que luego se van desde que tienen la renovación.....no se ya....Todo poara la empresa no?
Buenos días.
En relación a su consulta sobre el pago de tasa por tramitación de autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena, tanto la Ley Orgánica 4/2000 como la Orden por la que se establecen periódicamente el pago y liquidación de tasas públicas, establece que el sujeto obligado al pago de la tasa Mod. 062 será el empleador, siendo nulo todo pacto por el que el trabajador asuma el pago total o parcial de las mismas.