garcia montes
Nuevo miembro
Buenos días,
Me podrías confirmar como tipificaríais el hecho que un trabajador se quede dormido (siesta de 20 minutos) en su puesto de trabajo (almacén).
El Convenio establece como falta leve el abandono del puesto de trabajo sin causa justificada y como falta grave la disminución de rendimiento.
El caso es que la empresa no tiene objetivizado su bajada de rendimiento, solo tiene testigos que dirían en juicio que se echa siestas en su puesto de trabajo en su jornada laboral.
Estoy por encuadrarlo en vulneración de la buena fe contractual al ser su puesto de trabajo de responsabilidad (y ejemplo para el resto de empleados) al ser Jefe de Almacén (y tener empleados a su cargo).
Donde lo encuadrariais vosotros el echarse siestas en el trabajo (se habrá echado 2 o 3 que sepa la empresa)??
Muchas gracias
Me podrías confirmar como tipificaríais el hecho que un trabajador se quede dormido (siesta de 20 minutos) en su puesto de trabajo (almacén).
El Convenio establece como falta leve el abandono del puesto de trabajo sin causa justificada y como falta grave la disminución de rendimiento.
El caso es que la empresa no tiene objetivizado su bajada de rendimiento, solo tiene testigos que dirían en juicio que se echa siestas en su puesto de trabajo en su jornada laboral.
Estoy por encuadrarlo en vulneración de la buena fe contractual al ser su puesto de trabajo de responsabilidad (y ejemplo para el resto de empleados) al ser Jefe de Almacén (y tener empleados a su cargo).
Donde lo encuadrariais vosotros el echarse siestas en el trabajo (se habrá echado 2 o 3 que sepa la empresa)??
Muchas gracias