seguro accidentes convenio

Inma.2

Miembro conocido
Buenas compañer@s, una duda, vosotros incluís en nómina el seguro obligatorio de accidentes por convenio como concepto salarial en especie?????

gracias,
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Pasooooo.... Bueno, sólo meto seguros y tal en nóminas de socios autónomos... en el resto paso olímpicamente.
 

toni

Miembro conocido
Pues si Fernando y me hicieron cotizarlos del 2020 a 2021 y desde entonces que vuelvo a ponerlos,.
Por lo menos no sancionaron pero el afan recaudatorio que tienen es brutal...
 

anuskillas

Miembro conocido
Recuerdo hace unos años cuando estábamos todos locos con la dichosa cotización de la parte proporcional que había que calcular para cada trabajador del total de la prima . Yo lo intenté hacer durante unos meses pero me parecía inviable y acabé olvidándome del tema. Como vamos a desgranar el importe entre todos lo trabajadores en una empresa que tiene altas y bajas de manera continua. A mí me parece imposible no todos los trabajadores está todo el año en la empresa y como te toque una de hostelería que se mueven más los trabajadores que el precio de la luz, ni te cuento. Toni, no me digas eso que me sube la tensión. No se como tienes tiempo a calcular en cada mensualidad el porcentaje, pero yo si tengo que hacer los cálculos necesito incrementar la plantilla solo para calcular la parte que le corresponde a cada trabajador. Date cuenta que el seguro de convenio se regulariza al final de cada anualidad con la media del total de trabajadores del año anterior, por lo tanto nunca trabajas con datos reales. Te tocó un inspector toca pelotillas, algún muchachuelo que acaba de quitar plaza y viene con toda la ley debajo del brazo. Suele ser los peores. Los inspectores y subinspectores que ya tienen callo son más realistas y sobre todo tienen más empatía con nosotros. Yo hablo por experiencia propia. No os parece?
 

elchuske

Miembro conocido
Yo no lo hago. Son seguros colectivos que no están nominalizados por lo tanto la prima de cada uno no se puede individualizar. Si saben algún método que me lo digan. Y lo de la ITSS pues es de risa. Si quieren cazar lo tienen a wuebo. Que se pongan en una calle y paren a los Uber, Cabyfay y compañía.
 

Darmody

Miembro activo
Yo tampoco lo hago. Bajo mi punto de vista no considero que sea un bien que la empresa le entrega al trabajador, como un coche un jamón 5J.

Es simplemente un seguro de accidentes que la empresa está obligada a tener por convenio, igual que un seguro de responsabilidad civil.
 

toni

Miembro conocido
Es una jodienda si, pero bueno, se ve que me toco la china y desde entonces volvi a hacerlo pero sin complicarme demasiado.
Le digo a los compañeros de seguros que me pasen la prima, la divido entre el numero de trabajadores en ese momento y chimpum catapum.
Luego, lo de entradas y salidas de trabajadores ya regularizo al final de cada anualidad.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Pues no se con que compañías de seguros trabajáis, pero lo que yo llevo va con Previsora General (disculpas por la publicidad, no lo pretendía).
Y en la carta de revisión/renovación anual, sí queda muy detallado cuanto es la prima individual.
Tanto la prima inicial (a tantos € por trabajador), tanto lo facturado a cuenta, tanto por regularización......

Por ejemplo, en el caso concreto de la prima del convenio de enseñanza y formación no reglada (estatal), la prima mensual es 1,41 € por trabajador.
Luego claro, se gira un primer recibo a cuenta, y se mira después los trabajadores de los RNT, y se regulariza.
Pero siempre (de momento, hasta que varíe la prima) a 1,41 € mensuales por cabeza (trabajen 1 día o los 30).
Una cosa es como vaya el apunte contable y el o los recibos anuales, y otra es el devengo, que es simple, claro y meridiano.

Y sí, por supuesto que es opinable si debería cotizar o no. Pero la norma y los criterios interpretativos de quien tiene la potestad de interpretar lo dejan muy claro. Es tan cotizable como cualquier entrega, beneficio o utilidad que la empresa destine al trabajador y sea "individualizable".
 

fundación

Miembro conocido
Seguimos con esto, acabo de incluir la prima de seguro del convenio para cotizar pero sin tratamiento fiscal. En realidad la compañía te pide el nº de trabajadores y te da la prima anual a pagar, por lo que se puede sacar la parte de cada uno y mes. Pero en cuanto a retención IRPF no lo incluyo porque no lo veo como retribución en especie, ¿subclave L30?
 

FIRMAMENTO

Miembro activo
Seguimos con esto, acabo de incluir la prima de seguro del convenio para cotizar pero sin tratamiento fiscal. En realidad la compañía te pide el nº de trabajadores y te da la prima anual a pagar, por lo que se puede sacar la parte de cada uno y mes. Pero en cuanto a retención IRPF no lo incluyo porque no lo veo como retribución en especie, ¿subclave L30?
Recupero este tema, yo sí lo meto como retribución en especie exenta, pero es por confirmar si vosotros finalmente no lo consideráis como retribución en especie y lo metéis en nómina como un concepto dinerario más y exento de irpf y con l aclave L30. Creo que fundación está en lo cierto pero ya no sé nada ..... Gracias.
 
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