SOCIEDAD LABORAL LIMITADA

npgar

Nuevo miembro
Buenos días,

A ver si alguien puede echarme una mano con un asunto de una S.L.L. que se va a constituir... nunca he tenido una y la verdad que me llevan un poco de cabeza

El cliente en cuestión me indica que van a constituirla con 30-40 socios, de los cuales todos son mutualistas (del ámbito sanitario) y ninguno se va a encuadrar en los regímenes de la seguridad social, pero le preocupa si a posteriori tendrían problemas con Seguridad Social.

Yo por más que busco jurisprudencia/normativa al respecto... no encuentro nada. Creo que se tendrían que encuadrar en Seg. Social...

¿Tenéis algo parecido?

Muchas gracias.
 

Cachilipox

Miembro conocido
En una sociedad laboral, por defecto los socios trabajadores van al RG o RGA, salvo que se superen determinados porcentajes (control efectivo con 50 % capital social con convivientes).

Las mutualidades pueden ser alternativa al RETA, pero no al RG.

Por tanto, si la figura es una SLL, sí pueden tener problemas.

Podrían utilizar una SLP ("profesional"), y entonces, según estén redactados los estatutos, si cada socio tiene control efectivo, correspondería RETA, o su mutualidad alternativa.
 
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