SUBROGACIÓN EMPRESARIAL Y Y CALCULO RETENCION TRABAJADORES

PEDRO

Miembro conocido
Quería preguntaros si habéis tenido el caso, pues he tengo una empresa que se ha subrogado en en otra y ahora me vienen con que para el calculo de las retenciones de los trabajadores tengo que tener en cuenta las abonadas por la empresa cedente. Adjunto consulta vinculante de la AEAT.
Vamos una faena, ahora a regularizar que "estoy a tiempo" y pedir a los trabajadores la devolución.
¿Habéis tenido algún caso? Yo entendía subrogación laboral pero no sabía que se llegaría a esto.
 

fundación

Miembro conocido
Así es, si no ha habido cambio de criterio reciente.

Resolución Vinculante de Dirección General de Tributos, V0446-19 de 28 de Febrero de 2019.
 

PEDRO

Miembro conocido
Me pondré a calcular diferencias para regularizar e ingresar en este trimestre, y como no voy a tener donde retener por superar las cuota pendiente a la del mes diciembre les enviaré una carta a los trabajadores comunicándoles este hecho. He leído que no se pueden descontar unilateralmente las cantidades pero si hacer una propuesta de pago. Entiendo que si la rechaza queda expedita abierta la posibilidad de reclamarle por vía civil las cantidades ¿O puedo hacer varias y si no proceder y que sea el trabajador quien reclame?.
¿Cómo lo veis?
 
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