Canariogran
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La Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, en su disposición final quinta viene a decir lo siguiente:
"Con efectos de 1 de enero de 2014 y vigencia indefinida, se suprime el apartado 8 del artículo 33 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, manteniéndose el resto de la redacción, así como su numeración."
¿Qué opinan al respecto? ¿Por qué creen que no dijeron nada de este tema en el Real Decreto-ley 16/2013, medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores?
Un saludo y felices fiestas.
"Con efectos de 1 de enero de 2014 y vigencia indefinida, se suprime el apartado 8 del artículo 33 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, manteniéndose el resto de la redacción, así como su numeración."
¿Qué opinan al respecto? ¿Por qué creen que no dijeron nada de este tema en el Real Decreto-ley 16/2013, medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores?
Un saludo y felices fiestas.