A ver si os ha tocado este tema:
Trabajador que solicita una excedencia por cuidado de hijos de 3 años de duración.
El empresario quiere contratar a alguien ( de hecho es el único trabajador)
Si me voy al ET actual:
Art 15 ET
3. Podrán celebrarse contratos de duración determinada para la sustitución de una persona trabajadora con derecho a reserva de puesto de trabajo, siempre que se especifique en el contrato el nombre de la persona sustituida y la causa de la sustitución.
Art 46 Excedencia cuidado hijos
Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente.
Dado que la reserva dura solo un año, puedo hacer un contrato de sustitución por 3 años o me debo limitar a un año, que es lo que dura la reserva de puesto de trabajo?
Trabajador que solicita una excedencia por cuidado de hijos de 3 años de duración.
El empresario quiere contratar a alguien ( de hecho es el único trabajador)
Si me voy al ET actual:
Art 15 ET
3. Podrán celebrarse contratos de duración determinada para la sustitución de una persona trabajadora con derecho a reserva de puesto de trabajo, siempre que se especifique en el contrato el nombre de la persona sustituida y la causa de la sustitución.
Art 46 Excedencia cuidado hijos
Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente.
Dado que la reserva dura solo un año, puedo hacer un contrato de sustitución por 3 años o me debo limitar a un año, que es lo que dura la reserva de puesto de trabajo?