una mano que no tengo ni idea

elchuske

Miembro conocido
El caso es el típico, persona que entra en España por turismo y que se queda. Saca su tarjeta sanitaria , su abono transporte y vive en un piso con su hermano, esta empadronada etc etc.
Han pasado 3 años y quiere regularizar su situación por arraigo. La abogada o quien le este haciendo los papeles le pide algún contrato de trabajo de alguien que la pueda contratar. No hay problema, trabaja ilegalmente con una persona que la haría el contrato y que ademas es la que ha insistido en legalizar la situación.
También la abogada o quien sea, le pide la declaración de la renta y el dni del empleador que tampoco hay problemas.
Le lleva toda la documentación al bogado y le dice que con esa declaración no es posible hacerla contrato alguno que tendrá que buscarse otro empleador.
Pero no la da explicaciones de cuales son los motivos por los que no vale la documentación.
Algún alma caritativa me puede dar alguna pista??
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pero esto es un fraude, ¿no?
Que igual no lo he entendido, pero... ¿las dudas son sobre el caso en el que se quiere hacer un contrato ficticio y su procedimiento (sobre los motivos que pueden tener la abogada para no ver como válidos los documentos para celebrar un contrato fraudulento?).
A ver, que igual no lo he entendido bien, si es así, disculpas.
 

elchuske

Miembro conocido
La futura empleadora lo que quiere es tenerla legal de una vez. Y hacer todo lo posible para legalizarla y contratarla.
Si lo que quieren es hacer trampas ni lo pregunto.
Quiere contratarla, le ha llevado todo a la abogada, contrato incluido y declaración de renta y la abogada dice que con esa declaración no puede contratarla.-
Y mi pregunta es ¿ cual es el problema desde mi ignorancia.? Porque según la empleadora la abogada no le da explicaciones.
La futura empleadora tiene una casa de arreglos de ropa en un centro comercial, es decir, ilegal no es.
Quiere a esa empleada, la quiere tener legal y quiere que regularice su situación. Eso es todo.
 

Sergei

Miembro conocido
La futura empleadora lo que quiere es tenerla legal de una vez. Y hacer todo lo posible para legalizarla y contratarla.
Si lo que quieren es hacer trampas ni lo pregunto.
Quiere contratarla, le ha llevado todo a la abogada, contrato incluido y declaración de renta y la abogada dice que con esa declaración no puede contratarla.-
Y mi pregunta es ¿ cual es el problema desde mi ignorancia.? Porque según la empleadora la abogada no le da explicaciones.
La futura empleadora tiene una casa de arreglos de ropa en un centro comercial, es decir, ilegal no es.
Quiere a esa empleada, la quiere tener legal y quiere que regularice su situación. Eso es todo.
Sé que hay algún tipo de baremo para conceder o no el permiso en función de los ingresos (si realmente pueden soportar tener un trabajador asalariado) pero desconozco qué importes exigen y consideran suficientes. No te puedo ayudar más ya que siempre derivamos estos asuntos a un despacho especialista.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Además de eso que el salario ofertado sea al menos el SMI (con independencia de la jornada), respecto del empleador hay esto otro:
  • El empleador deberá contar con medios económicos, materiales o personales suficientes para su proyecto empresarial y para hacer frente a las obligaciones asumidas en el contrato frente al trabajador.
    Si el empleador es una persona física deberá acreditar, una vez descontado el pago del salario convenido, el 100% del IPREM si no hay familiares a su cargo.
    Si la unidad familiar incluye dos miembros el 200% . Si la unidad familiar incluye más de dos personas se deberá sumar a la cantidad anterior el 50 % del IPREM por cada miembro adicional
 

Cachilipox

Miembro conocido
Bueno, el asunto es que se supone que si contratas un trabajador, es para que te aumente el rendimiento y las ventas. Puede que logres ganar más, o puede que no. Forma parte del riesgo y ventura de la actividad empresarial. Y claro, este criterio parte de la premisa que todo el salario ofertado va a salir del bolsillo del empresario autónomo, sin considerar el posible incremento de facturación/beneficio que pudiese suponer una nueva contratación.
Por ejemplo, un empresario autónomo, con conyuge y 1 hijo, tendría que presentar una declaración IRPF "del pasado" con una renta tributable de casi 30.000 €, para poder ofrecer un contrato de trabajo con SMI.
 

fundación

Miembro conocido
Sí pero no. Aquí hay una responsabilidad del empresario por requisitos exigidos para obtener una autorización necesaria para legalizar a alguien, no es para contratar a alguien que esté en el paro a ver si mejora la empresa.
 
Última edición:

Cachilipox

Miembro conocido
Por supuesto que el requisito, para que la cosa sea organizada y con cara y ojos, lo entiendo. Si no, sería un coladero de irregularidades.
Pero quizás tal vez no está formulado de una forma adecuada. O lo está pero de una manera muy discriminatoria hacia pequeños empresarios. Entiendo que en régimen del hogar como que no procede estar contratando mayordomos y damas de compañía habiendo solo una pensión modesta.
Pero en pymes con forma de autónomo persona física...
Por ejemplo, te expongo dos casos, basados en datos totalmente reales, que tendrían vetado poder ofertar contratos:
.- Caso A, matrimonio, 1 hijo. Casa en propiedad, hipoteca 600 €. Artesano uno y artista otro (la más de las veces, "ad honorem"). Año bueno se pueden sacar 35.000 + 3.000. Año malo quizás se queda en unos 25.000 + 1.000. Actividad continuada desde hace años. Sacando hipoteca, el año malo aun les quedan 1.500 al mes. No es para un nivel de vida elevado, pero no tienen carencias vitales. Si al artesano le interesara ofertar un contrato de trabajo para un posible ayudante, oficial, aprendiz, etc, el año bueno quizás cuele, el año malo se lo rechazan.
.- Caso B, matrimonio, sin hijos. Casa en propiedad, herencia, local en propiedad, sin cargas. Pequeña academia de idiomas, y profesión liberal, rendimientos aprox. de unos 12.000-14.000 € + 7.000-9.000 €. Si quisiesen abrir una nueva linea, y contratar un profesor británico, canadiense, neocelandés,.... no podrían hacer una oferta de trabajo que fuese aceptable, según esos requisitos.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Disculpa entonces, Elchuske, que además de no aportar solución (me sonaba lo de los requisitos económicos del contratante, pero los compañeros, más puestos, ya lo ha explicado muy claramente) encima no lo entendí bien.
Y es que me despistó o confundió esta frase "No hay problema, trabaja ilegalmente con una persona que la haría el contrato y que ademas es la que ha insistido en legalizar la situación", pensaba que lo de "trabaja ilegalmente ...." lo planteabas como solución, no como descripción de la situación actual y que justo se quiere regularizar.
Y es que como de vez en cuando me llegan cuestiones tipo "necesitamos hacer un contrato para conseguir el arraigo de tal persona(y, obviamente piensan en contratos ficticios) y salgo huyendo de estas cosas... me chocaba que se planteara aquí, en un foro público, con ese desparpajo.
Pero fue un malentendido. Mis disculpas de nuevo.

Saludos.
 

elchuske

Miembro conocido
Se lo he explicado tal y como me lo habéis dicho y he quedado como un rey sin tener ni pajolera idea. La señora que quiere contratar no cumple los requisitos con la renta del 2020, lógico, estuvo con covid y cerrada la tienda varios meses, en cambio con los ingresos del 2019 los cumplía de largo. Y este año a pesar de que las cosas no van muy bien, seguro que lo cumplirá. Toca esperar no le queda otra. El año que viene la da de alta y regulariza todo.
Esta señora empleadora esta soltera, no tiene cargas y en el año 2019 saco 35.000 limpios. Con esos datos si puede contratar, pero en el 2020 se quedo en unos miseros 15.000 y con eso no llega.
Nando, disculpado.
muchisimas gracias a todos
 
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