VACACIONES Y PASE A INCAPACIDAD PERMANENTE

MARIA88

Miembro
Buenos dias, necesito vuestras opiniones sobre este tema...
Tengo a un trabajador que el 7/06/2023 ha pasado a incapacidad permanente, el caso es que como lleva de baja por enfermedad común desde el 18/06/2021 al 30/06/2022 y desde el 1/7/2022 al 5/12/200 en pago directo.... lo obligan a incorporarse a trabajar, reclama y el INSS le da la razón volviendo al pago directo desde el 13/01/2023 hasta el 7 de junio de2023...
El caso es que no disfrutó vacaciones de 2022 (30 dias) ni del 2023 (13 dias)

Yo en el finiquito le abono los 30 dias de vacaciones del 2022, pero no las del 2023 y el trabajador me las esta reclamando....................si le pago esos dias del 2023 ¿puedo poner un finiquito con 43 dias de vacaciones????
El convenio no dice nada en estos casos.

¿cómo haceis vosotros en estos caso?
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Mi opinión
- no veo inconveniente en poner más de 30 días de vacaciones no disfrutadas
- las vacaciones no disfrutadas no se...todavía sigue en la empresa?, las VND se pagan cuando ya el trabajador está de baja en la empresa
En todo caso estos procedimientos son un dolor de muelas como actúa el inss
 

africallora

Miembro conocido
+1

«... cómo actúa el INSS» y el SEPE, en el certificado de empresa habría que poner en observaciones de donde salen esos días, para que no le chirríe.
 

MARIA88

Miembro
Mi opinión
- no veo inconveniente en poner más de 30 días de vacaciones no disfrutadas
- las vacaciones no disfrutadas no se...todavía sigue en la empresa?, las VND se pagan cuando ya el trabajador está de baja en la empresa
En todo caso estos procedimientos son un dolor de muelas como actúa el inss
Ya, pero mi duda es si el sistema permite poner mas de 30 dias...el trabajador ya no sigue en la empresa desde el 7/6 /23 que le dia de baja por incapacidad permanente.....
 

FERNANDO

Miembro conocido
Y tanto que lo permite. Y es perfectamente legal: una empresa puede poner 40 días de vacacoines al año si quiere.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Y tanto que lo permite. Y es perfectamente legal: una empresa puede poner 40 días de vacacoines al año si quiere.
Exacto, y/o lo que ha sucedido en este caso y que puede suceder y es perfectamente legal, que se abonen vacaciones de periodos superiores al año.
 
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