CONTRATO DISCAPACITADOS

MARIA88

Miembro
Una duda, si quiero hacer un contrato bonificado indefinido a jornada completa de un trabajador desempleado que tuvo en otra empresa un contrato indefinido ,y lo dieron de baja por no superar el periodo de prueba....¿podria bonificarlo en esta nueva empresa donde va a trabajar ? Es que yo entiendo que si, peor el sistema me dice que viene de un contrato indefinido...y qeu tengo que poner un 100 en lugar de un 130
¿es asi?
So hubiese sido baja voluntaria si, pero en periodo de prueba...
Gracias
 

NOEMI

Miembro conocido
pues hace bastante que no hago uno, pero creo recordar que dentro de las exclusiones estaba no haber tenido un contrato indefinido en los 3 meses anteriores, ¿el sistema lo detecta?
 

Leovigildo

Miembro activo
Una duda, si quiero hacer un contrato bonificado indefinido a jornada completa de un trabajador desempleado que tuvo en otra empresa un contrato indefinido ,y lo dieron de baja por no superar el periodo de prueba....¿podria bonificarlo en esta nueva empresa donde va a trabajar ? Es que yo entiendo que si, peor el sistema me dice que viene de un contrato indefinido...y qeu tengo que poner un 100 en lugar de un 130
¿es asi?
So hubiese sido baja voluntaria si, pero en periodo de prueba...
Gracias

Yo me la "jugué" hace tiempo, y lo único que solicité al igual que en paternidad-maternidad con los respectivos contratos bonificados, es el DARDE o solicitud en papel como demandante de empleo. Te en cuenta que al dar de alta este contrato, va a pedir la condición de desempleado.
 

Tácito

Miembro activo
Buenas tardes,

  • Quedan excluidos los trabajadores que hayan finalizado su relación laboral de carácter indefinido en un plazo de tres meses previos a la formalización del contrato, excepto en el supuesto previsto en el artículo 8.2 de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre (BOE de 30 de diciembre).
Las dos últimas exclusiones no se aplicarán cuando se trate de trabajadores con especiales dificultades para su inserción laboral. A estos efectos se considerará que existen dichas especiales dificultades cuando el trabajador esté incluido en alguno de los grupos siguientes:

  1. Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por 100.
  2. Personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por 100
 

Argi

Miembro conocido
Hola,

¿Si no se cumple la carencia de tres meses desde un contrato indefinido te da error a hacer el alta bonificada o la puedes hacer y luego te lo revisan?
Si te lo revisan, ¿te quitan la bonificación y algún recargo?
Tengo un caso para una posible alta bonificada, de un trabajador que tuvo un contrato indefinido hace mes y medio. Se fue de baja voluntaria y lleva como un mes trabajando con un contrato temporal de sustitución. No tengo claro que el sistema lo detecte.

Y si el contrato no se puede bonificar, ¿hacéis un contrato indefindo ordinario, clave 100 o indefinido discapacidtados clave 130 sin bonificar?

Gracias
 

Leovigildo

Miembro activo
Yo lo hice, y al cabo de 12 meses de oficio me quitaron la bonificación.
Sobre la clave del contrato, ten en cuenta que salvo efectos de bonificación y condición de desempleado o contratación tras adaptación del puesto de trabajo, sólo afectaría para IRPF y lo que comunique de discapacidad en modelo 145.
 

DANI ML

Miembro conocido
Nosotros tuvimos un caso el año pasado, y el sistema directamente lo detectó (creo que saltaba el típico "contrato sin peculiaridades de cotización". Hicimos un 100
 

Argi

Miembro conocido
Yo lo hice, y al cabo de 12 meses de oficio me quitaron la bonificación.
Sobre la clave del contrato, ten en cuenta que salvo efectos de bonificación y condición de desempleado o contratación tras adaptación del puesto de trabajo, sólo afectaría para IRPF y lo que comunique de discapacidad en modelo 145.

Tuviste que devolver lo bonificado imagino. ¿Con recargo?
 
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