Apud acta

Val-2005

Miembro
Buenos días.

Mañana tengo un acto de conciliación de un cliente. Normalmente vienen conmigo y no lo he necesitado, pero en el de mañana el cliente no puede venir.
La cuestión es que estoy realizando el apoderamiento APUD ACTA desde la web de Justicia y no sé si a pesar de ser un acto de conciliación tengo que marcar que es para "CUALQUIER ACTUACIÓN JUDICIAL".

Gracias de antemano
 

daniel70

Nuevo miembro
Buenos días:
Para el acto administrativo puedes hacerlo aqui:
si los dos tenéis firma electrónica.
un saludo.
 

Ignatius

Miembro activo
Como dice daniel70, prueba en Apodera, porque te permite conciliar, para el caso que llegárais a un acuerdo.

El apud acta electrónico de Justicia, te permite comparecer en la conciliación administrativa, pero no permite la "conciliación", porque para eso hay que conferir poder especial, y en el desplegable para ello, no está la conciliación administrativa.

Te lo dice alguien que recorrió muchos km, llegó con el apud acta de justicia, sin el cliente. Alcanzamos un acuerdo. Pasamos al letrado conciliador, y comenzó a mover la cabeza en sentido negativo al ver el apud acta. No permitía conciliar. Y por teléfono, conseguir un Apodera (que no es fácil para unas prisas porque pasa por varias fases: solicitado, bastantear, que apruebe el autorizado, y concedido; mejor hacerlo 1 día antes).

En este trabajo, como sabéis, a veces se necesita un contratiempo para aprender algo.
 
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